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Decreto Nº2273

Decreto Nº 2273

Bolivar, 16/12/2024

Visto

El Decreto Nº 2529/23, y,

Considerando

Que en el Ejercicio 2023 se utilizaron fondos afectados para cubrir gastos de origen municipal;

Que según el artículo 29 inciso a) de la Ley de la Emergencia Nº 15480 de la Provincia de Buenos Aires, estos recursos deberán ser restituidos a las cuentas correspondientes, en un plazo no mayor a veinticuatro (24) meses, contados desde el cierre del ejercicio fiscal en el que se hubiesen sido utilizados;

Que a efectos de registrar los fondos afectados utilizados para un destino distinto al asignado, con recaudación de origen municipal por la suma de pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100 ($ 24.420.296,87.-), se efectuará una transferencia bancaria desde la Cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 50082- 1  - Libre Disponibilidad a la cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 10198-7 – AFECTADO (Cuenta general de afectados);

Que los fondos afectados utilizados en el Ejercicio 2023, corresponden al Recurso: 22.5.01.86 – Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo – AH;

Que se registra una ampliación presupuestaria en el Ejercicio 2024 en el Recurso: 35.1.01.13 - Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo – AH;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a depositar fondos de libre disponibilidad en la cuenta de recursos afectados por la suma de pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100 ($ 24.420.296,87.-).

Artículo 2º: Increméntese  el Cálculo de Recursos vigente en la suma de $ 24.420.296,87.- (pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100), en el recurso que se detalla a continuación:

Jurisdicción: 1110103000 Secretaría de Hacienda

Recurso: 35.1.01.13 - Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo - AH

Importe: $ 24.420.296,87.-

Artículo 3º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de $ 24.420.296,87.- (pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100), en las Partidas que se detallan a continuación:

Jurisdicción: 1110110000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Apertura Programática: 32.82.00 – Pavimento Urbano de Hormigón y Cordón Cuneta

   

133 – De origen nacional

         
             

 

2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso

 

5.259.537,48

 

 

 

 

 

 

 

Total

     

 5.259.537,48

 
             

Jurisdicción: 1110110000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Apertura Programática: 32.97.00 – Reconstrucción de Pavimento Urbano – Bacheo AH II

   

133 – De origen nacional

         
             
 

2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso

 

5.200.880,93

 

 

 

 

 

 

 

Total

     

5.200.880,93

 

 

Jurisdicción: 1110115000 – Secretaría As Agrarios, Pro Ind., Comercio y VA

Apertura Programática: 18.54.00 – Infraestructura S.I.P.

   

133 – De origen nacional

         
             
             

 

2.8.4.0 – Piedra, arcilla y arena

 

7.984.781,63

 

 

2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso

 

5.975.096,83

 

 

 

 

 

 

 

Total

     

13.959.878,46

 

 

 

Total Incrementos

         24.420.296,87

 

Artículo 4º: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo  5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Artículo 6º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.