Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2273
Bolivar, 16/12/2024
Visto
El Decreto Nº 2529/23, y,
Considerando
Que en el Ejercicio 2023 se utilizaron fondos afectados para cubrir gastos de origen municipal;
Que según el artículo 29 inciso a) de la Ley de la Emergencia Nº 15480 de la Provincia de Buenos Aires, estos recursos deberán ser restituidos a las cuentas correspondientes, en un plazo no mayor a veinticuatro (24) meses, contados desde el cierre del ejercicio fiscal en el que se hubiesen sido utilizados;
Que a efectos de registrar los fondos afectados utilizados para un destino distinto al asignado, con recaudación de origen municipal por la suma de pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100 ($ 24.420.296,87.-), se efectuará una transferencia bancaria desde la Cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 50082- 1 - Libre Disponibilidad a la cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 10198-7 – AFECTADO (Cuenta general de afectados);
Que los fondos afectados utilizados en el Ejercicio 2023, corresponden al Recurso: 22.5.01.86 – Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo – AH;
Que se registra una ampliación presupuestaria en el Ejercicio 2024 en el Recurso: 35.1.01.13 - Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo – AH;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a depositar fondos de libre disponibilidad en la cuenta de recursos afectados por la suma de pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100 ($ 24.420.296,87.-).
Artículo 2º: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de $ 24.420.296,87.- (pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100), en el recurso que se detalla a continuación:
Jurisdicción: 1110103000 Secretaría de Hacienda
Recurso: 35.1.01.13 - Convenio Pavimento Urbano de Hormigón en Barrios de Bolívar – Brio. Colombo - AH
Importe: $ 24.420.296,87.-
Artículo 3º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de $ 24.420.296,87.- (pesos veinticuatro millones cuatrocientos veinte mil doscientos noventa y seis con 87/100), en las Partidas que se detallan a continuación:
Jurisdicción: 1110110000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos |
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Apertura Programática: 32.82.00 – Pavimento Urbano de Hormigón y Cordón Cuneta |
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133 – De origen nacional |
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2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso |
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5.259.537,48 |
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Total |
5.259.537,48 |
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Jurisdicción: 1110110000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos |
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Apertura Programática: 32.97.00 – Reconstrucción de Pavimento Urbano – Bacheo AH II |
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133 – De origen nacional |
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2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso |
5.200.880,93 |
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Total |
5.200.880,93 |
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Jurisdicción: 1110115000 – Secretaría As Agrarios, Pro Ind., Comercio y VA |
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Apertura Programática: 18.54.00 – Infraestructura S.I.P. |
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133 – De origen nacional |
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2.8.4.0 – Piedra, arcilla y arena |
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7.984.781,63 |
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2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso |
5.975.096,83 |
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Total |
13.959.878,46 |
Total Incrementos |
24.420.296,87 |
Artículo 4º: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 6º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.