Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2270
Bolivar, 16/12/2024
Visto
El Decreto Nº 2529/23, y,
Considerando
Que en el Ejercicio 2023 se utilizaron fondos afectados para cubrir gastos de origen municipal;
Que según el artículo 29 inciso a) de la Ley de la Emergencia Nº 15480 de la Provincia de Buenos Aires, estos recursos deberán ser restituidos a las cuentas correspondientes, en un plazo no mayor a veinticuatro (24) meses, contados desde el cierre del ejercicio fiscal en el que se hubiesen sido utilizados;
Que a efectos de registrar los fondos afectados utilizados para un destino distinto al asignado, con recaudación de origen municipal por la suma de pesos cinco millones ochocientos veinte mil novecientos noventa y seis con 93/100 ($ 5.820.996,93.-), se efectuará una transferencia bancaria desde la Cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 50082- 1 - Libre Disponibilidad a la cuenta corriente Banco Provincia – Sucursal Bolívar Nº 6734 - Cuenta Corriente Nº 10198-7 – AFECTADO (Cuenta general de afectados);
Que los fondos afectados utilizados en el Ejercicio 2023, corresponden al Recurso: 35.1.01.80 - Venta de terrenos Ordenanza 2298/14;
Que se registra una ampliación presupuestaria en el Ejercicio 2024 en el Recurso: 35.1.01.80 - Venta de terrenos Ordenanza 2298/14;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Autorizase a la Tesorería Municipal a depositar fondos de libre disponibilidad en la cuenta de recursos afectados por la suma de pesos cinco millones ochocientos veinte mil novecientos noventa y seis con 93/100 ($ 5.820.996,93.-).-
Artículo 2º: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de $ 5.820.996,93.- (pesos cinco millones ochocientos veinte mil novecientos noventa y seis con 93/100), en el recurso que se detalla a continuación:
Jurisdicción: 1110103000 Secretaría de Hacienda
Recurso: 35.1.01.80 - Venta de terrenos Ordenanza 2298/14.
Importe: $ 5.820.996,93.-
Artículo 3º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de $ 5.820.996,93.- (pesos cinco millones ochocientos veinte mil novecientos noventa y seis con 93/100), en las Partidas que se detallan a continuación:
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Jurisdicción: 1110115000 – Secretaría de As. Agrarios, Promo Ind, Comercio y VA |
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Apertura Programática: 18.54.00 – Infraestructura S.I.P. |
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131 – De origen municipal |
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2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso |
1.384.759,74 |
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2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena |
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4.436.237,19 |
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Total |
5.820.996,93 |
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Total Incrementos |
5.820.996,93 |
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Artículo 4º: Tomen conocimiento, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.
Artículo 6º: Notifíquese, Comuníquese, dese al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.