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Decreto Nº2203

Decreto Nº 2203

Bolivar, 12/12/2024

Visto

La nota elevada por Director de Juventudes y visada por la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que de acuerdo a los distintos programas del Detalle de Sueldos Individuales, es necesario reubicar a los agentes según la tarea específica que realizan;

Que el agente Busquet Hernán Ezequiel, Legajo 973, se encontraba realizando tareas en el área de Parques y Plazas, pasando a desempeñar tareas como chofer en la Dirección de Juventudes;

Que en esta instancia, es menester introducir modificaciones en la distribución de cargos aprobados;

Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determina el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1°: Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2024, las transferencias de cargos, según el detalle que figura en la planilla que como Anexo Único, forma parte integrante del presente acto administrativo.

Artículo 2º: Modificar, en virtud de lo dispuesto por el artículo precedente, el Resumen del Número de Cargos, correspondiente a Jurisdicción: Secretaria de Espacios Públicos y Ambiente – Subjurisdicción: Parques y Plazas, del Presupuesto General Ejercicio 2024 – Formulario N° 6, de acuerdo al siguiente detalle:

DISMINUCIÓN

SECRETARIA DE ESPACIOS PUBLICOS Y AMBIENTE.

Categoría Programática: 17.00.00 –Parques y Plazas.

Planta Permanente.

Personal Obrero: Categoría 09.

AMPLIACIÓN

SECRETARIA DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD.

Categoría Programática: 34.00.00 –Dirección de Juventudes.

Planta Permanente.

Personal Obrero: Categoría 09.

Articulo 3º: Reubíquese, a partir del 1° de Diciembre de 2024, al agente BUSQUET HERNAN EZEQUIEL, DNI 32.362.402, Legajo 973, Clase 1986, para desempeñar tareas en el área de Parques y Plazas, con un régimen de 48 horas semanales de labor.

Artículo 4º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 3º será imputado a - JURISDICCION: 1110114000 – PROGRAMA: 34.00.00 –Dirección de Juventudes.

Artículo 5º: Notifíquese con copia del presente Decreto al agente Busquet Hernán Ezequiel en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 6º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 7º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto 2485-23 y por la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad.

Artículo 8º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.

Anexos

ANEXO I

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