Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2190
Bolivar, 10/12/2024
Visto
La nota enviada por la Directora del Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni y avalada por la Secretaria de Salud, y;
Considerando
Que constituye una atribución del Intendente Municipal, designar los funcionarios responsables de cada una de las áreas que integran la estructura funcional de la Municipalidad;
Que en virtud de ello, es menester proceder a la designación de un Médico Pediatra que realice Guardias y Consultorios en el Servicio de Cirugía a demanda en dicho nosocomio;
Que el Dr. Olguín Santiago, posee las aptitudes técnicas y la capacidad necesaria para desempeñar el citado cargo;
Que es potestad del Departamento Ejecutivo, en la órbita de sus facultades propias y privativas, la designación de que se trata, según lo determinado en el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Articulo 1º: Designase a partir del 21 de Diciembre de 2024, al Dr. OLGUIN SANTIAGO, DNI. 39.349.338, Clase 1998, para desempeñar tareas como MEDICO CIRUJANO en el Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni, con un régimen de 24 horas semanales de labor, debiendo realizar Guardias en el Servicio de Cirujano a requerimientos de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Bolívar.
Articulo 2º: Lo determinado en el artículo precedente regirá hasta el 31 de Diciembre de 2024.
Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento del articulo 1º será imputado a Personal Destajista - Jurisdicción: 1110105000 – Programa: 16– 00 – 00 Hospital Municipal Dr. M. L. Capredoni.
Artículo 4º: Notifíquese con copia del presente Decreto al Dr. Olguín Santiago en los términos de la Ordenanza General 267/80.
Artículo 5º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno 2485-23 y por la Secretaría de Salud.
Artículo 7º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.