Boletines/Zárate

Decreto Nº115/25

Decreto Nº 115/25

Zárate, 05/03/2025

Visto

La Nota presentada por la SOCIEDAD DE FOMENTO “ALMIRANTE BROWN”, en el Expediente Municipal Nº 4121-8129/2024; y-

Considerando

Que, la SOCIEDAD DE FOMENTO “ALMIRANTE BROWN” ha solicitado un subsidio por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.950.000,00), para el remplazo de la bomba eléctrica que suministra agua a los baños, regulador de gas y membrana para techo del salón de uso.

Que, obran en el expediente citado en el Visto constancias donde se acreditan datos de los miembros de la comisión directiva de la entidad como así también la inscripción en el registro Municipal dispuesto por decreto 115/2024 de reempadronamiento obligatorio de entidades intermedias, con registro Municipal Grupo “A” Nº 18, personería jurídica Nº 43.619.

Que, el Secretario de Desarrollo Humano y Educación manifestando que dicha Asociación desarrolla una labor Social de inclusión y de promoción de igualdades mediante diversos cursos y capacitaciones que realiza el municipio por lo cual solicita el presente subsidio;

Que, obra dictamen de la Subsecretaría de Asuntos Legales sin presentar observaciones;

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde acceder a lo peticionado;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($ 1.950.000,00), en concepto de subsidio con cargo a rendición de cuentas a la SOCIEDAD DE FOMENTO “ALMIRANTE BROWN”, registro Municipal Grupo: “A” Nº 18, personería jurídica Nº 43619, sita en calle Garibaldi 597 del Partido de Zárate.-

ARTÍCULO 2°.- Los gastos originados en el presente Decreto deberán afectarse a: 1110115000 - Secretaría de Cultura ; Programa: 52 – Cultura ; Actividad: 07 - Apoyo a Instituciones Culturales; Partida: 5.1.7.0 - Transferencia a Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro; Fuente de Financiamiento: 110- Origen Municipal

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación Sr. IVÁN RODRIGO GÓMEZ GEREZ.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, a la Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, publíquese y archívese.-