Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 674/24
Arrecifes, 17/10/2024
Visto
La presentación efectuada por el Sr. Juan José DIAZ, D.N.I. N° 17.947.760, en carácter de Promotor Boxístico, que diera inicio al Expediente Nro. 232.989/24, y;
Considerando
Que, mediante el mismo informa la realización de un “Festival Pugilístico Amateur”, que tendrá lugar el día 18 de octubre de 2.024a las 21hs.,en el gimnasio del “Club Almirante Brown” de la cuidad de Arrecifes, donde se realizarán 8 combates entre boxeadores de nuestra ciudad y la zona.
Que, por Decreto Nro. 240/24, de fecha 23 de abril de 2024, se reconoce con carácter oficial la “Comisión Municipal de Box”, en un todo de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 640/90 y sus modificatorias.
Que, ante un eventual “Festival Boxístico” en esta ciudad, se hace necesario cumplir con las normas enunciadas en las disposiciones vigentes.
Que, el Sr. Juan José DIAZ, D.N.I. N° 17.947.760, ha dado cumplimiento a las normativas que rigen en nuestra ciudad respecto de “Derechos de espectáculos públicos”, contratación de Póliza de Responsabilidad Civil y Pago de la Licencia para el expendio de bebidas alcohólicas (ReBA).
Que, corresponde el dictado del Acto Administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Autorícese alSr. Juan José DIAZ, D.N.I. N° 17.947.760,en carácter de Promotor Boxístico, a la realización del “Festival Pugilístico Amateur”, a llevarse a cabo el día 18 de octubre de 2024 a las 21hs., en el gimnasio del “Club Almirante Brown”, de la cuidad de Arrecifes.
ARTÍCULO 2º:Declárase de Interés Municipal el “Festival Pugilístico Amateur”, a llevarse a cabo el día 18 de octubre de 2024 a las 21hs., en el gimnasio del “Club Almirante Brown”, de la cuidad de Arrecifes.
ARTÍCULO 3º:Concédase alSr. Juan José DIAZ,D.N.I. N° 17.947.760, un subsidio por la suma de Pesos Ciento noventa mil ($ 190.000,00.-), que será destinado a solventar los gastos que demande la realización del “Festival Pugilístico Amateur”, que se autoriza por el presente Decreto.
ARTÍCULO 4°: Los organizadores del evento han dado cumplimiento a las normativas que rigen en nuestro partido respecto de “Derechos de espectáculos públicos”, contratación de Póliza de Responsabilidad Civil y Pago de la Licencia para el expendio de bebidas alcohólicas (ReBA), en el Expediente Administrativo 232.989/24.
ARTÍCULO 5º:La erogación que demande lo dispuesto en el artículo anterior será imputada a la partida 5.1.4.0. Ayuda Sociales a Personas, Categoría Programática 34.00.00 Fondo del Deporte Amateur, Fuente de financiamiento 131 del Presupuesto de Gastos Vigente.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL
C.P. NÉSTOR RUBÉN CARDOSO - SECRETARIO DE HACIENDA