Boletines/Nueve de Julio
Ordenanza Nº 7359/2025
Nueve de Julio, 27/03/2025
LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: FLORENCIA ROXANA FALCINELLI Y SEBASTIAN ANDRES BUSTAMANTE.
VISTO:
El expediente municipal Nº 4082-555/2019 Alcance 16
. CONSIDERANDO:
Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 5 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resultan adjudicatarios del lote identificado como Circunscripción XV, Sección C, Chacra 281a, Manzana 281ak, Parcela 08 de 9 de Julio, la señora FLORENCIA ROXANA FALCINELLI (D.N.I. N.º 29.930.551) y señor SEBASTIAN ANDRES BUSTAMANTE (D.N.I. N.º 26.736.994).
Que a fojas 9/11 consta informe de obra con una construcción del 70,50 % y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 12 dictamina cumplido el cargo de construcción. Que a fojas 17/18 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda, siendo habitada por los adjudicatarios y su grupo familiar.
Que a fojas 14/15 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta el estado de deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 16 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase a la Señora Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección C, Chacra 281a, Manzana 281ak, Parcela 08 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora FLORENCIA ROXANA FALCINELLI (D.N.I. N.º 29.930.551) y señor SEBASTIAN ANDRES BUSTAMANTE (D.N.I. N.º 26.736.994), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.
ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable: minuta de antecedentes para escrituración de viviendas: - Corresponde a expediente Nº 4082-555/2019 Alcance 16. - Programa: Reintegro Plan Familia Propietaria Ex Matadero. - Localidad: 9 de Julio. - Partido: 9 de Julio. - Designación de la Vivienda: Número de partida/inmueble : 44799 - Apellido y nombre del adjudicatario: Bustamante Sebastian Andrés/ Falcinelli Florencia Roxana. - Precio de Venta sin interés al momento de la suscripción del boleto de compraventa: pesos doscientos ochenta y ocho mil ($ 288.000). - Fecha de suscripción del boleto de compraventa 14/06/2022 - Valor de las cuotas sin interés: pesos cuatro mil ($ 4.000). - Cantidad de cuotas: setenta y dos (72) mensuales, iguales y consecutivas sin interés. - Cuotas abonadas: veintidós (22). - Saldo hipotecario sin interés a diciembre de 2024: pesos doscientos mil ($ 200.000).
ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de los beneficiarios procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.
ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “los beneficiarios no podrán transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se comprometen a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.
ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.