Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 375
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 26/02/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por Selva Laura ALEXEICHUK, con CUIT 23-18554614-4, Contribuyente Nº 83104, para desarrollar actividades bajo el rubro de Salón de fiestas, en el domicilio de la calle La Carrindanga Nº 3520 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO:
Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 25 de agosto de 2017, conforme constancias obrantes a fs.1-2;
Que a fs.2/16, Expedientes 0-2262/2013, Expediente 0-10828/2007, Expediente 0-7939/2012, Expediente 0-2414/2016 y fs. 7/160, obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.161 se otorga un permiso de funcionamiento por el término de un (1) año, atento no contar con el sistema de cámaras de seguridad, conforme lo normado por el Decreto Nº 814/2012;
Que a fs.162/255 obra documentación aportada por parte interesada a fin de renovar el correspondiente permiso de funcionamiento;
Que a fs.256 se otorga nuevo permiso de funcionamiento hasta el día 06/01/2022, atento no contar con el sistema de cámaras de seguridad, conforme lo normado por el Decreto Nº814/2012;
Que a fs.299/301 obra adjunta Ordenanza Nº 20920 del Honorable Concejo Deliberante, mediante la cual se autoriza por excepción el uso para el desarrollo de la actividad "Salón de Fiestas";
Que a fs.302/422 obra documentación aportada por parte interesada a fin de renovar el correspondiente permiso de funcionamiento;
Que a fs.423 se otorga nuevo permiso de funcionamiento hasta el día 01/07/2024, atento no contar con el sistema de cámaras de seguridad, conforme lo normado por el Decreto Nº814/2012;
Que a fs.424/468, 471/499 y 503/511 obra documentación aportada por parte interesada a fin de evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.469 obra Resolución Nº 332/2024 dictada por la Agencia de Seguridad, Emergencia y Respuesta inmediata, mediante la cual se aprueba el correspondiente Plan de evacuación y simulacro;
Que a fs.502 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 1463 de fecha 14/01/2025, mediante la cual se deja constancia que reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;
Que a fs.512 obra informe emitido por el Centro Único de Monitoreo -en Expediente 4007-603/2023, mediante el cual se deja constancia la situación actual respecto de la aplicación e instrumentación del sistema de cámaras de seguridad, conforme lo normado por el Decreto Nº 814/2012;
Que a fs.513-514 obra dictamen emitido por la Subsecretaría Legal y Técnica -en Expediente 4007-603/2023-, que concluye que: "...Atento los antecedentes expuestos, y previendo que el contexto vigente torna actual, técnica y materialmente imposible el cumplimiento de los contribuyentes a las obligaciones impuestas en el Decreto Nº 814/2012, entiendo razonable, salvo mejor criterio, relevarlos de las exigencias que el mismo impone, pudiendo el Departamento Habilitaciones -temporalmente y en tanto perduren los inconvenientes denunciados- proseguir los trámites de habilitaciones correspondientes...";
Que a fs.515/517 se acompaña Constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenido por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67, su Decreto Nº1123/93 y Ordenanza Nº 10480 y sus modificatorias;
Que de los informes producidos por el Departamento Recaudación y el Departamento Habilitaciones , se concluye que resulta procedente hacer lugar a solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N.º 2900/2021;
-R E S U E L V E-
ARTÍCULO 1º)- Habilítese a Selva Laura ALEXEICHUK, con CUIT 23-18554614-4, Contribuyente Nº 83104, para desarrollar actividades bajo el rubro de Salón de fiestas, con factor de ocupación de ciento veinte (120) personas, en el domicilio de la calle La Carrindanga Nº 3520 de la Localidad de Bahía Blanca.
ARTÍCULO 2°)- Expídase certificado de Habilitación Nº 222/2025 a nombre de Selva Laura ALEXEICHUK, Contribuyente Nº 83104 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTÍCULO 4°)- Déjese constancia que, superados los inconvenientes que llevaron a exceptuar el trámite de las exigencias legales establecidas en el Decreto Nº 814/2012, deberán ajustarse a sus previsiones en el plazo que fije la administración a tal efecto.
ARTÍCULO 5)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 6º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.