Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 328
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/02/2025
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de un Permiso de funcionamiento interpuesta por Carina Soledad PEREZ, con CUIT 27-27708193-3, Contribuyente Nº 94379, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo y eventos, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas y bebidas sin alcohol, situado en la calle Juan Rubado en intersección con la calle Siches de la Localidad de Ingeniero White-Partido de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs.2 y 17 obra solicitud del correspondiente permiso de fecha 14 de febrero de 2025;
Que de fs.3/12 y 18/24 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.13 toma debida intervención el Área de Espacios Públicos emitiendo el correspondiente informe de factibilidad de localización del Food Truck;
Que a fs.15 se adjunta Acta de Inspección Nº 089713 de fecha 05/02/2025 en la que se deja constancia que presenta excelentes de orden e higiene, conforme la Ordenanza Nº 19044;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 19044, concordantes y modificatorias;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación, el Departamento Habilitaciones y el resto de las áreas intervinientes, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
-R E S U E L V E-
ARTÍCULO 1º)- Otórgase el correspondiente Permiso de Funcionamiento a Carina Soledad PEREZ, con CUIT 27-27708193-3, Contribuyente Nº 94379, para la explotación en la vía pública, mediante un puesto fijo y eventos, de un Food Truck para la Venta de comidas rápidas y bebidas sin alcohol, situado en la calle Juan Rubado en intersección con la calle Siches de la Localidad de Ingeniero White-Partido de Bahía Blanca, por el término de un (1) año, operando su vencimiento el día 27 de febrero de 2026, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.
ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.
ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento Recaudación, Departamento de Habilitaciones, dése al R.O., hecho: Archívese.