Boletines/Tandil

Decreto Nº594/2025

Decreto Nº 594/2025

Tandil, 28/02/2025

Visto

La renovación del contrato de locación del inmueble destinado al “Centro Comunitario San Cayetano” del Bº 25 de Mayo sito en la calle Independencia Nº 2.062 de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. GERALDINA ANTÓN – C.U.I.T. 27-28669062-4, según autorización otorgada al efecto por el titular dominial Sr. HÉCTOR ADOLFO TISSEIRA – D.N.I. 12.063.146, por el término de 2 (dos) años a partir del 1º de Octubre de 2.024 y hasta el 30 de Septiembre de 2.026 y;

Considerando

Que al respecto se han expedido la Secretaría de Economía por sus áreas la Dirección de Presupuesto y Contaduría General.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Procédase a autorizar la prórroga del contrato de locación del inmueble destinado al “Centro Comunitario San Cayetano” del Bº 25 de Mayo sito en la calle Independencia Nº 2.062 de esta ciudad de Tandil, celebrado entre esta Municipalidad y la Sra. Geraldina Antón – C.U.I.T. 27-28669062-4, según autorización otorgada al efecto por el titular dominial Sr. Héctor Adolfo Tisseira – D.N.I. 12.063.146, por el término de 2 (dos) años a partir del 1º de octubre de 2.024 y hasta el 30 de septiembre de 2.026, por la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000,00) mensuales, con destino al funcionamiento del Centro Comunitario San Cayetano dependiente de la Dirección de Abordaje Territorial de la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 2°: Si bien el monto de la locación suscripto asciende a la suma de pesos cuatrocientos cincuenta mil ($ 450.000,00) mensuales, el monto total de la locación alcanzaría en principio a la suma de pesos diez millones ochocientos mil ($ 10.800.000,00), el que se hará efectivo por mes adelantado del 1º al 10 abonándose en cuotas iguales, mensuales y consecutivas por el importe mencionado para los primeros tres meses de locación, ajustándose posteriormente para el resto de los meses del presente contrato, de forma trimestral a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Los servicios de electricidad, gas, agua corriente y por todo el plazo, estarán a cargo del Municipio en su totalidad, de acuerdo a lo especificado en la cláusula 5ta.

Artículo 3°: En función a lo prescripto por la cláusula 4ta. de la renovación del contrato de alquiler, deberá abonarse a la martillera y corredor publico interviniente, la Sra. Geraldina Antón, Matrícula 1511, Tomo VI, Folio 102, la suma de pesos cuatrocientos treinta y dos mil ($ 432.000,00), en concepto de honorarios/comisión.

Artículo 4°: Las erogaciones a producirse serán imputadas a la partida que indica la Dirección de Presupuesto.

Artículo 5°: El presente decreto será refrenado por la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, , Contaduría General, Dirección de Presupuesto , Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Patrimonio, Dirección de Rentas y Finanzas y vuelva para archivo a Contaduría General.

Firma Digital: Juliana Teerink (Secretaria)            -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

    Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat          -                     Intendencia