Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº44/2025

Decreto Nº 44/2025

Coronel Rosales, 03/02/2025

Punta Alta,

Visto

Las actuaciones caratuladas en el Expediente Nº I-20/2024, y

Considerando

Que la intención del Departamento Ejecutivo es mejorar los salarios de los trabajadores municipales.-

Que con fecha 27 de enero de 2024 el Departamento Ejecutivo efectuó propuesta salarial consistente en establecer una actualización del 7% sobre la escala salarial correspondiente al mes de Diciembre 2024, con efectividad a partir de los haberes del mes de Enero 2025, para ser abonada como diferencia salarial el 11 de Febrero 2025.-

Que, en segundo término, se efectuó la propuesta de una actualización del 6,5% sobre la escala salarial correspondiente al mes de Enero 2025, con efectividad a partir de los haberes de Febrero 2025, para ser abonada como diferencia salarial en el viernes 7 de Marzo 2025.-

Que la propuesta salarial transmitida al Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) y Asociación Trabajadores del Estado (ATE) el pasado 27 de Enero del corriente año, recibió aceptación por parte de los mismos.

Que los Sindicatos representantes de los trabajadores han aceptado la propuesta de actualización ofrecida por el Ejecutivo Municipal y de común acuerdo se dan por cerradas las paritarias del año 2024.-

Que lo actuado se encuadra en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades – Decreto Ley N° 6769/58-, RAFAM Decreto Provincial N° 2980/00 y Ordenanza Municipal N° 3561.-

POR ELLO,

                   El INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES.

DECRETA

ARTICULO 1°: Disponer la adecuación salarial para el Ejercicio Económico 2024 consistente en una actualización del 7% sobre la escala salarial correspondiente al mes de diciembre 2024, con efectividad a partir de los haberes del mes de Enero 2025, para ser abonada como diferencia salarial el 11 de Febrero 2025.-

ARTICULO 2°: Disponer la adecuación salarial para el Ejercicio Económico 2024 consistente en una actualización del 6,5% sobre la escala salarial correspondiente al mes de Enero 2025, con efectividad a partir de los haberes del mes de Febrero 2025, para ser abonada como diferencia salarial el 7 de Marzo 2025.-

ARTICULO 3º: Facultase a la Contaduría General Municipal, Departamento de Presupuesto y Departamento de Liquidación de Haberes a impulsar y formalizar las adecuaciones técnicas que permitan efectivizar el pago de lo dispuesto en el presente Decreto en el marco de la Ley Orgánica de las Municipalidades – Decreto Ley N°6769/58 y RAFAM decreto Provincial N°2980/00.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía.-

ARTICULO 5º: Regístrese. Tomen conocimiento todas las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a Contaduría Municipal y al Departamento de Liquidación de Haberes a sus efectos. Cumplido, archivese.-

DECRETO Nº44/2025