Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1215/24
Publicado en versión extractada
General Villegas, 12/07/2024
VISTO:
El Expediente Nº 7024/24, iniciado por la Secretaria de Educación a cargo de la Secretaría de Cultura, informando que la agente Nélida Raquel Mendoza, Legajo Personal N° 4883, no se presenta a su puesto de trabajo desde el día 27 de junio del corriente año, sin justificar sus inasistencias; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 el Departamento de Personal informa la situación de revista de la agente quien registra antecedentes de sanciones disciplinarias, pero no de inasistencias injustificadas.
Que el Artículo 69° inciso g) dispone abandono de cargo: cuando medie 5 o más inasistencias injustificadas consecutivas del trabajador. Para que se configure se requerirá previa intimación fehaciente emanada de autoridad competente a fin de que retome el servicio dentro de 1 (un) día hábil subsiguiente al de la notificación.
Que de las constancias agregadas a fojas 5, surge que mediante notificación la agente Mendoza fue intimada para reintegrarse a su puesto de trabajo, encontrándose debidamente notificada en fecha 4 de julio de 2024.
Que con fecha 10 de julio de 2024, la Secretaria de Educación a cargo de la Secretaría de Cultura, informa que la agente Mendoza no se ha presentado a su lugar de trabajo desde el 27 de junio de 2024, sin justificación alguna.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide sugiriendo que se disponga el cese de la agente Nélida Raquel Mendoza, Legajo Personal N° 4883, a partir del día 5 de julio de 2024, por haber incurrido en abandono del cargo en el Artículo 69º inciso g) de la Ordenanza N° 5647 y se proceda al descuento de haberes correspondientes a los días de ausencias sin causa justificada.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Déjese cesante a la agente Nélida Raquel Mendoza, Legajo Personal N° 4883, 285 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110103000, Categoría Programática 01.00.00, a partir del día 5 de julio de 2024, por haber incurrido en abandono del cargo conforme artículo 69° inciso g) de la Ordenanza Nº 5647.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase al Departamento de Personal a descontar los días no trabajados al momento de la liquidación final, por las razones expuestas ut supra.
ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese lo dispuesto precedentemente en tiempo legal y forma.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Departamento Personal, Secretaría de Cultura, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.