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Decreto Nº2080

Decreto Nº 2080

Chacabuco, 27/12/2024

DISPONIENDO LA REDETERMINACIÓN DEL MONTO DE OBRA Y RESCISIÓN DE CONTRATO.-

Visto

         El pedido de redeterminación de precios en la obra: “Construcción Semicubierto en Cucha Cucha” ubicado en la Delegación de Cucha Cucha” y la  rescisión de común acuerdo con la firma Ing. Martin Admiral Construcciones Civiles SRL - CUIT N° 33717243329 obrante en el Expediente Nº 4029-4565/22.

Considerando

Que, del contrato celebrado con dicha firma por la obra referenciada con fecha 17/01/2023 se otorga un anticipo Financiero de Pesos Un Millón setecientos veinticuatro mil trescientos sesenta y seis con 75/100 ($1.724.366,75);

                       Que ante el fallecimiento ocurrido en enero de 2.024 del Sr.  Martin B. Admiral D.N.I.      N° 12217139 socio de la firma.

                        Que al día de la fecha no obran reclamos interpuestos ante esta Secretaria de Obras y Servicios Públicos de los sucesores de Martin Admiral.

                        Que a los fines de cerrar el expediente de referencia y dar continuidad a la obra se hace desde la Contaduría el presente estado de situación para evaluación del D.E;

                        Que al día 09 de diciembre de 2024 queda pendiente de registrar por esta Contaduría pedido del contratista sin acto administrativo que la/s autorice con el siguiente detalle:

  1. Redeterminación Certificado N° 1  por un importe de $   308.303,12
  2. Redeterminación Ant.Fciero por un importe de $ 165.021,90

Importe total en Pesos………………………. $ 473.325,02

                        Que, conforme lo expuesto deberían adjuntarse los actos administrativos que permitan la registración la registración contable de los hechos, dando intervención a la Asesoría Legal y Técnica, a la Secretaría de Gobierno y al HCD conforme los artículos N° 140 y 141 del Reglamento de Contabilidad;

                            Que, a fojas del expediente surge certificado  de obra N°1 emitido por la suma de Pesos Trescientos Veinticinco Mil  Doscientos Noventa y Cinco con 00/100 ($325.295,00) para el cual no surge registración contable , atento que no fue oportunamente remitido a la Contaduría Municipal. No obstante, obra comprobante  Factura N° B 0001/00000142 y la solicitud de pago emitida por el área técnica  sin cumplimentar  los demás registros  del proceso contable;

                           Que, conforme certificado de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos se ha ejecutado un 3,33% de la obra y considerando que el Anticipo  Financiero fue abonado por el monto total del contrato  de $ 11.945.778,30 mediante OP N° 70/2023 correspondiente al contratista la devolución del porcentaje sin ejecutar que asciende  a Pesos Un Millón Seiscientos sesenta y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Cinco con 34/100 ($1.666.955,34);

                            Que, conforme del análisis efectuado resulta un saldo deudor del contratista hacia la Municipalidad que asciende a la suma de Pesos Un Millón Seiscientos sesenta y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Cinco con 34/100 ($1.666.955,34);

                        Que, se han expedido las Oficinas Técnicas con dictámenes que este Departamento Ejecutivo comparte;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Disponer la redeterminación  de precios de los certificados 1 y del AF correspondiente a la obra “Construcción Semicubierto en Cucha Cucha”, ubicado en la Delegación de Cucha Cucha, de la ciudad de Chacabuco, en la suma de pesos cuatrocientos setenta y tres mil trescientos veinticinco con 02/100 ($473.325,02) IVA INCLUÍDO,  conforme las constancias del Expediente nro. 4029-4565/22.

 

ARTÍCULO 2º: Rescindir de común acuerdo el contrato suscripto entre la Municipalidad de Chacabuco y la firma Martin Admiral Construcciones Civiles S.R.L con fecha 10/01/2.025, por el cual se adjudica la obra: “Construcción Semicubierto en Cucha Cucha”,  ya que se produjo el deceso del contratista lo cual impidió continuar con la ejecución de la mencionada obra en un 3.33 % avance según contrato y 31,09 % avance según contrato conforme obra en el expediente.- -   

 

ARTÍCULO 3°: Disponer el dictado de los actos administrativos que permitan la registración  contable de los hechos para que la Municipalidad pueda hacer efectivo el recupero de pesos un millón trescientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta con 34/100 ($1.341.660,34).

 

ARTÍCULO 4°: Notificar, de manera fehaciente, el presente decreto a la firma Construcciones  Civiles S.R.L.,  sito en calle Avenida Alsina N° 181 de la ciudad de Chacabuco.- -

 

ARTÍCULO 5º: Por medio de la Secretaría de Obras Públicas notificar a la Firma interesada.

 

ARTÍCULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.

 

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.

 

 Chacabuco, 27 de diciembre de 2.024.-