Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº312

Resolución Nº 312

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/02/2025

Vistas las presentes actuaciones, atento a la Cédula de Intimación obrantes de fojas de fojas 23 a 27 y el descargo efectuado por María Lorena Rodríguez, D.N.I 29.103.675, mediante Nota Nº314-487/2024, y,

CONSIDERANDO

Que a fojas 28, obra descargo mediante Nota Nº314-487/2024, la Sra. María Lorena Rodríguez, D.N.I 29.103.675, en carácter de apoderada de VITERRA ARGENTINA S.A (antes denominada Oleaginosa Moreno Hnos S.A)informa que la Partida mencionada (Circunscripción 4, Sección G, Manzana 12, Parcela 2, Superficie 1.362M2) no corresponde ni ha correspondido, a ninguno de los inmuebles que posee VITERRA ARGENTINA S.A.

Que a fojas 50 el Departamento Catastro informa que la Partida Nº 139.395 fue dada de alta por equivocación con igual nomenclatura  catastral que la Partida Nº 179.395, como Circ II Sec B Mz 139s Parc 6, es decir en la base de datos catastral coexisten dos inmuebles con igual nomenclatura y distintas partidas.

Así mismo informa que la Partida Nº 139.395 consta en ARBA asignada a la parcela que se identifica como Circ. IV Sec G Mz 12 Parc 2. Por lo que corresponde dar de baja la deuda total generada por liquidación errónea de tasa por servicios públicos y salud. 

Que a fojas 57 obra planilla catastral Circ II Sec B mz 139s Parc 6, Partida Nº 139.395, dado de baja;

Que  a fojas 58, el Departamento de Recaudación sugiere dar de baja la cedula de intimación y la deuda de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, que pesa sobre la Partida Nº 139.395 desde la cuota 06/2010 a 12/2024;

Por todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2900/2021:

RESUELVE

ARTÍCULO 1º).- Dar de baja la liquidación de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y la Tasa de Salud de la Partida Nº139.395 a partir de la cuota 06/2010 y hasta 12/2024, a efectos de poder encuadrarla en el artículo Nº73 de la Ordenanza Fiscal vigente, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 2º)- Cumplir, dar al Registro Oficial, notificar, tomar nota Departamento Análisis y Política Fiscal, el Departamento Recaudación, hecho ARCHIVAR.