Boletines/Rauch
Decreto Nº 1049/24
Rauch, 30/12/2024
Visto
El informe enviado por el área de Hacienda Municipal comunicando la necesidad de realizar una modificación presupuestaria en el Presupuesto en curso.-
El Art. 12 de la Ordenanza Complementaria N° 1591/24.-
El Art. 75 del Reglamento de Contabilidad.-
El Art. 119 de la Ley Orgánica de la Municipalidades; y
Considerando
Que es necesario actualizar las partidas presupuestarias en función de la atribución conferida para ello.
Que se debe reemplazar las partidas de gastos que tienen exceso en su ejecución con aquellas partidas que tienen economía presupuestaria en la suma total de pesos ocho millones trescientos veintitrés mil cincuenta y siete con 59/100 ctvs. ($ 8.323.057,59).
Que la fuente de financiamiento que interviene es la 131 - De Origen municipal.
Que de igual modo, son varios los programas presupuestarios que han sido corregidos.
Que vale aclarar que el programa 61.02.00 Fondo de Desarrollo Industrial tiene partidas correspondientes al recurso 16.2.12.00 - Rendimientos Fondos Comunes de Inversión, y por tal, se suplen partidas de varios programas pertenecientes a diferentes jurisdicciones.
Que algo similar sucede en la Jurisdicción Secretaría de Gobierno, con los programas de seguridad, los cuales se financian con la Contribución a la Seguridad Ciudadana.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Autorizar a Contaduría Municipal a suplir en el Presupuesto de Gastos vigente, de la fuente de financiamiento 131 – De Origen Municipal, partidas presupuestarias con economía por aquellas que tengan exceso en su ejecución, en la suma total de pesos ocho millones trescientos veintitrés mil cincuenta y siete con 59/100 ctvs. ($ 8.323.057,59), en función de los considerandos del presente, y según el detalle que se expone a continuación:
GASTOS |
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Estructura Programática |
Fuente |
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de |
Imputación |
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Importe |
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Financiamiento |
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1110116000 - 44.04.00 - Control de la Seguridad Vial |
131 - De origen municipal |
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes |
516,000.00 |
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1110116000 - 44.02.00 - Centro de Monitoreo Integral |
131 - De origen municipal |
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios |
-516,000.00 |
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1110118000 - 46.04.00 - Políticas de Educación |
131 - De origen municipal |
3.7.2.0 - Viáticos |
336,000.00 |
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1110118000 - 46.04.00 - Políticas de Educación |
131 - De origen municipal |
3.4.5.0 - De capacitación |
-336,000.00 |
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1110101000 - 01.00.00 - Formulación, Coordinación y Control de Políticas de Gobierno |
131 - De origen municipal |
4.3.3.0 - Equipo sanitario y de laboratorio |
-3,776,108.03 |
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1110101000 - 01.00.00 - Formulación, Coordinación y Control de Políticas de Gobierno |
131 - De origen municipal |
5.4.8.0 - Transferencias a municipalidades y otros entes comunales |
3,776,108.03 |
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1110104000 - 18.04.00 - Mantenimiento del Alumbrado Público |
131 - De origen municipal |
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos |
188,337.15 |
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1110104000 - 23.01.00 - Atención de Servicios Rurales |
131 - De origen municipal |
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena |
720,526.02 |
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1110104000 - 28.00.00 - Mantenimiento de Edificios Municipales |
131 - De origen municipal |
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales |
220,500.00 |
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1110106000 - 01.00.00 - Intereses |
131 - De origen municipal |
7.3.7.0 - Intereses de préstamos de instituciones públicas financieras |
89,736.64 |
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1110106000 - 93.00.00 - Amortización de la Deuda |
131 - De origen municipal |
7.5.3.0 - Préstamos recibidos de provincias |
207,961.11 |
1,427,060.92 |
1110119000 - 61.02.00 - Fondo de Desarrollo Industrial |
131 - De origen municipal |
6.3.1.0 - Préstamos a largo plazo al sector privado |
-1,427,060.92 |
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1110106000 - 92.00.00 - Deuda Flotante |
131 - De origen municipal |
7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo |
2,267,888.64 |
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1110106000 - 93.00.00 - Amortización de la Deuda |
131 - De origen municipal |
7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo |
-2,267,888.64 |
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Artículo 2do.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-
Artículo 3ro.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas Municipales que correspondan, y dese al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.