Boletines/Rauch
Decreto Nº 1048/24
Rauch, 30/12/2024
Visto
El informe enviado por el área de Hacienda Municipal comunicando la necesidad de realizar una modificación presupuestaria en el Presupuesto en curso.
El Art. 12 de la Ordenanza Complementaria N° 1591/24.-
El Art. 75 del Reglamento de Contabilidad.-
El Art. 119 de la Ley Orgánica de la Municipalidades; y
Considerando
Que es necesario actualizar las partidas presupuestarias en función de la atribución conferida para ello.
Que se deben reemplazar las partidas de gastos que tienen exceso en su ejecución con aquellas partidas que tienen economía presupuestaria.
Que en esta oportunidad, la fuente de financiamiento involucrada es la 133 – De Origen Nacional.
Que la suma a suplir alcanza un total de pesos dieciocho millones seiscientos veintiocho mil seiscientos seis con 19/100 ctvs. ($ 18.628.606,19).
Que los programas afectados son tan solo dos, siendo el más relevante el 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, perteneciente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Que en igual sentido, el programa restante es el denominado 01.00.00 - Gestión del Desarrollo Productivo, integrante de la Secretaría de Desarrollo Productivo.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Autorizar a Contaduría Municipal a suplir en el Presupuesto de Gastos vigente, de la fuente de financiamiento 133 – De origen Nacional, partidas presupuestarias con economía por aquellas que tengan exceso en su ejecución, en la suma total de pesos dieciocho millones seiscientos veintiocho mil seiscientos seis con 19/100 ctvs. ($ 18.628.606,19) en función de los considerandos del presente, y según el detalle que se expone a continuación:
GASTOS |
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Estructura Programática |
Fuente |
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de |
Imputación |
|
Importe |
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Financiamiento |
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1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana |
1,317,610.16 |
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1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
3.4.9.0 - Otros |
17,310,996.00 |
18,628,606.16 |
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso |
-6,900,000.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena |
-5,000,000.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
3.5.9.0 - Otros |
-2,500,000.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
3.9.9.0 - Otros |
-1,900,500.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.5.8.0 - Productos de material plástico |
-455,000.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso |
-413,500.00 |
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1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.7.2.0 - Productos no ferrosos |
-402,000.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.7.9.0 - Otros |
-974,800.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.9.9.0 - Otros |
-68,500.00 |
|
1110104000 - 24.73.00 - Nave Industrial Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales |
133 - Origen nacional |
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes |
-14,306.16 |
-18,628,606.16 |
1110119000 - 01.00.00 - Gestión del Desarrollo Productivo |
133 - Origen nacional |
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes |
0.03 |
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1110119000 - 01.00.00 - Gestión del Desarrollo Productivo |
133 - Origen nacional |
3.9.3.0 - Servicios de vigilancia |
-0.03 |
Artículo 2do.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-
Artículo 3ro.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas Municipales que correspondan, y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.