Boletines/Rauch
Decreto Nº 979/24
Rauch, 04/12/2024
Visto
El Expte. 4093-20458/24 por el que tramita la solicitud de inscripción de la Asociación Civil denominada “Asociación Civil San Gabino La Vieja Estancia” en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal.-
El Decreto Ley 9388/79.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que los interesados vienen a solicitar su reconocimiento como entidad de bien público para llevar adelante sus actividades en beneficio de la comunidad.
Que, conforme la documentación obrante en el expediente mencionado en los vistos, la institución peticionante tiene como finalidad trabajar para mostrar vivo el tradicionalismo en todas sus facetas, como destrezas de campo, exposiciones, música, canto y todo aquello que sea un auténtica expresión de nuestro acervo nativo.
Que, así a fs. 1 del expediente se agrega una reseña de la actividad desarrollada, a fs. 4/13 consta copia del acta constitutiva con las autoridades vigentes.
Que el Decreto Ley Nº 9388 reconoce como entidad de bien público, a los fines que determina la legislación vigente, a las asociaciones que desarrollan actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la población.
Que se verifica que el objeto social manifestado por el peticionante coincide con los postulados de la citada normativa.
Que, el desarrollo de actividades sociales, culturales y deportivas resulta una valiosa contribución a la sociedad, la que sostenida principalmente por el aporte desinteresado de los socios y de la comunidad debe ser reconocida por el estado municipal para propender a su permanencia en el tiempo.
Que, en ese sentido, encuadrándose el solicitante en lo establecido por la citada ley en su artículo 1ro corresponde proceder a su reconocimiento.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Reconocer como Entidad de Bien Público a la Asociación Civil “San Gabino La vieja Estancia” orientada al desarrollo de actividades culturales y sociales, en un todo de acuerdo con los vistos y considerando del presente.-
Artículo 2do.- Establecer la obligación de presentar anualmente copia de los balances de la entidad y de la nómina de autoridades actualizada.-
Artículo 3ro.- Se deja expresamente establecido que si la entidad peticionante no cumpliese con los objetivos perseguidos según su Estatuto, o las condiciones exigidas en el art. 2do. del presente se dejará sin efecto el reconocimiento otorgado.-
Artículo 4to.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-
Artículo 5to.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.