Boletines/Tandil
Decreto Nº 552/2025
Tandil, 26/02/2025
Visto
La solicitud de reducción de carga horaria de la agente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Dra. Carolina Andrea Richiusa - Legajo 10.709.
La solicitud de ampliación de carga horaria de la agente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Dra. Romina Isabel Escruela - Legajo 8.483 , presentadas por la Directora del Hospital “Dr. Debilio Blanco Villegas”.
Considerando
Que ambas profesionales tienen la misma categoría siendo la misma la 13 sin perjuicio de ello a partir del mes de marzo del corriente esta prevista la recategorización de la Dra. Romina Isabel Escruela- Legajo 8.483.
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Modifícase el cargo de la Dra. Romina Isabel Escruela - Legajo 8.483, designada actualmente como Personal Profesional C.P.H. - Médica de Guardia en la Categoría 13 - 24 Horas Semanales, al de Personal Profesional C.P.H. - Médica de Guardia en la Categoría 13 - 36 Horas Semanales del Sistema Integrado de Salud Pública, a partir del 1 de marzo de 2025
Artículo 2°: Modificase el cargo de la Dra. Carolina Andrea Richiusa - Legajo 10.709, designada actualmente como Personal Profesional C.P.H. - Médica de Guardia en la Categoría 13 - 36 Horas Semanales al de Personal Profesional C.P.H. - Médica de Guardia en la Categoría 13 - 24 Horas Semanales del Sistema Integrado de Salud Pública, a partir del 1 de marzo de 2025.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las Partidas Jurisdisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 - Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas” – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3. Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.3 Bonificación Guardias Médicas, 1.1.5.7. Bonificación Especial, correspondiente al Presupuesto vigente.
Artículo 4º: Insístese ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, Dirección del Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia