Boletines/Tandil
Decreto Nº 506/2025
Tandil, 20/02/2025
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería del trabajador Nahuel Roberto Páez Alvarado - Legajo 11.847, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería, en virtud de la baja de la trabajadora Marianela López - Legajo 9.126.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que el trabajador se encuentra designado desde el 06 de enero de 2025 venciendo su designación el 31 de enero de 2025, conforme a la Disposición Nro. 95/25.
Que el trabajador ha cumplimentando los requisitos de admisibilidad e ingreso que regula el CCT 09/19 como así también el pre-ocupacional con resultado "Apto".
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíese la designación del trabajador Nahuel Roberto Páez Alvarado - Legajo 11.847, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 hs. semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizado, cumpliendo tareas en el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 1º de febrero de 2025 por el término de tres (3) meses.
Artículo 2°: Se deja establecido que el trabajador Nahuel Roberto Páez Alvarado, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 - Personal Provisional, 1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 - Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 - Liquidación Obra Social, 1.2.6.0 - Complementos, 1.2.6.7 - Presentismo, 1.3.1.0 - Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 - Garantía de Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Vicepresidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital Ramón Santamarina, Departamentos de Enfermería, Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Roberto Claudio Martínez Crovetto (Vicepresidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Vicepresidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia