Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 97/2025
Benito Juarez, 21/02/2025
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 34/2025, en el cual a fs. 2 el Gerente Vial Rural informa los hechos ocurridos el día 8 de Febrero del corriente año con el agente AGUILERA DARIO (L.P. 2566), quien habría provocado la colisión entre la Motoniveladora que el mismo conducía y la camioneta del capataz, mientras se encontraban realizando tareas de mantenimiento sobre el Cº El Nido, dirección Alzaga; y
Considerando
que desde la Dirección General de Recursos Humanos, se le ha citado a fin de que presente el descargo correspondiente y pueda justificar su ausencia, argumentando haber dado marcha atrás y romper la óptica;
QUE el trabajador debe comunicar su inasistencia dentro de las dos primeras horas del día laboral que ha de ausentar;
QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.M.), referente a las obligaciones del trabajador, en su inciso c) dispone: “Cuidar los bienes municipales, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su custodia, utilización y examen”;
QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;
QUE a fojas 5 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos solicitando aplicar la sanción de APERCIBIMIENTO al agente mencionado;
QUE a fojas 6 y 7 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo, aduciendo que resulta viable la aplicación de la sanción propuesta, prevista en el art. 83 inc. b) del mencionado Convenio;
QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar sanción de APERCIBIMIENTO al agente AGUILERA DARIO (L.P. 2566), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. b) del C.C.T.M y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 34/2025.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos Interino.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS INTERINO
ING. NAHUEL AFFONSO
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 97.-