Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 44/2024
Benito Juarez, 23/12/2024
Visto y considerando
Visto
Que este Concejo Deliberante fue convocado a Sesión Extraordinaria el Viernes 20 de Diciembre a las 16 Hs y
Considerando
Que dicha Sesión no pudo llevarse a cabo por faltan de Quorum, debido a la ausencia de 7 ( siete) Concejales que a continuación se detallan : Abrisqueta Marcos Oscar Ariel, Balmaceda Franco Leonel, Chaparro Claudia de Lourdes , Elizalde Graciela Edith, Fortelli Luis Osvaldo, Loguercio Garcés María Victoriana, Sanso Silvio Guillermo.
Que solo Elizalde Graciela Edith dio aviso con anticipación y presentó certificado por tener mesa de examen justificando su ausencia, como así también, Loguercio Garcés María Victoriana se comunicó con el Secretario luego de pasadas las 16:00 hs avisando que no darían quórum pero que ella presentaba una afección de salud y posteriormente envió una foto por watsapp con el certificado medico
Que tanto Abrisqueta ( Bloque Juárez Renace) como Sanso ( Bloque Juntos) comunicaron a esta Presidencia minutos antes del inicio de la Sesión que sus Bloques no asistirían y no darían quórum, los demás Concejales no se comunicaron con esta Presidencia.
Que de acuerdo a lo estipulado en el artículo 75 del Reglamento Interno, el Concejo se reunió en minoría y los Concejales presentes solicitaron a esta Presidencia que se apliquen las sanciones que prevé el Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, como así también lo normado en los artículos 82 y 256 de la Ley Orgánica de la Municipalidades
Que tanto en el artículo 22 Inciso 7 del Reglamento Interno, como también el Artículo 83 Inciso 8 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, facultan al Presidente del Cuerpo a aplicar Sanciones a los Concejales que de manera injustificada no asistan a las sesiones y con el agravante de impedir el normal desarrollo de la sesión extraordinaria convocada.
El Presidente del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Benito Juárez en uso de sus facultades que le son propias:
DECRETA:
Artículo 1° : Aplíquese la sanción de APERCIBIMIENTO a los Concejales y Concejalas que a continuación se detallan de acuerdo a lo previsto en los Artículos 11, 12 y 13 del Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de Benito Juárez .
●Abrisqueta Marcos Oscar Ariel L.P 3165
●Balmaceda Franco Leonel L.P. 3827
●Chaparro Claudia de Lourdes L.P. 3708
●Fortelli Luis Osvaldo L.P. 1876
●Sanso Silvio Guillermo L.P. 3703
Artículo 2°: Notifíquese a los Concejales y Concejalas mencionados en el Artículo 1° del presente.
Artículo 3º: De Forma.