Boletines/Guaminí
Decreto Nº 68
Guaminí, 09/01/2025
Visto
La solicitud de la Asociación Pro-Ayuda del Hospital Municipal de la localidad de Laguna Alsina, con colaboración a: Asociación Hogar de Ancianos de Garré, Hogar de Ancianos Eva Perón de Casbas y Asociación Pro-ayuda Hospital de Guaminí, requiriendo autorización para poner en marcha una Rifa; y
Considerando
Que la misma fundamenta su petición en la necesidad de recaudar fondos que serán destinados a PRO-OBRAS Y MANTENIMIENTO.-
Que están encuadrados dentro de los términos de la Ley Nº 9.403 y texto actualizado según ley 11.349 y Ordenanza Nº 57/2.006 del Honorable Concejo Deliberante, habiendo presentado los comprobantes y requisitos exigidos en la misma.-
Que este Departamento Ejecutivo se ha manifestado favorablemente, por lo que considera factible acceder a lo peticionado.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
Art. 1º: Autorizase a la puesta en marcha y circulación de una rifa a la Asociación Pro-Ayuda del Hospital Municipal de la localidad de Laguna Alsina, con colaboración a: Asociación Cooperadora Hospital Municipal de Garré, Hogar de Ancianos Eva Perón de Casbas y Asociación Pro-ayuda Hospital de Guaminí, la misma consta de (2.000) Dos Mil boletas con cinco (5) números, de tres (4) cifras cada una.-------
Art. 2º: El valor de cada boleta será de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil ($ 44.000) pagaderos al contado o en (11) once cuotas de ($ 4.000) Pesos Dos Mil cada una.--------
Art. 3º: La venta de las mismas comenzará en el mes de Enero de 2.025 finalizando con la última jugada del mes de Diciembre de 2.025 de la Lotería Nacional, estando a cargo de la venta los señores RUBÉN FEDERICO INVENINATO D.N.I. 22.265.626 WALTER NAHUEL ARGUELLO D.N.I. 35.797.396, GISELA SOLEDAD VICHEZ D.N.I. 37.944.252, RODRIGO HERLEIN D.N.I. 43.513.955, MARCOS JAVIER ARCE D.N.I. 27.525.627, LUCAS DAVID GARCIA D.N.I. 30.503.116 Y SEBASTIAN TOCCE D.N.I. 28.183.552 y su cobranza estará a cargo de: Rodriguez Elizabet E. D.N.I. 18.162.533, Laura Victoria Gorosito D.N.I. 44.112.562, Anahi Zulma Lorena Mendoza D.N.I. 28.334.833, Horacio de la Canal D.N.I. 27.828.506, Martina Nocelli D.N.I. 27.625.453, Edgar Lucero D.N.I. 21.673.094, Marta Ivón López D.N.I. 17.848.467, Yamila Vanesa Acosta D.N.I. 28.822.676 y Candela Hoz D.N.I. 45.608.488
Art. 4º: Los sorteos se realizarán por lotería Nacional.----------------------
Art. 5º: Los premios a otorgar serán:
Sorteos mensuales: últimos sábados de cada mes desde el 25 de Enero hasta el 29 de Noviembre de 2.025 inclusive: a dos o tres cifras
Sorteos especiales: a dos y tres cifras: los días 1/2/2025, 01/3/2025, 05/04/2025, 03/05/2025, 07/06/2025, 05/07/2025, 02/08/2025, 06/09/2025, 04/10/2025, 01/11/2025 y 06/12/2025.-
1º Premio: ($ 300.000) Pesos Trescientos Mil en órdenes de compra.- (a tres cifras)
2º Premio: ($ 70.000) Pesos Setenta Mil en órdenes de compra.- (a dos cifras)
Sorteo pago contado: al 22 de Febrero de 2.025:
1º Premio: ($ 300.000) Pesos Trescientos Mil en órdenes de compra.- (a tres cifras)
Sorteo Pago Contado Pronto: antes del 29 de Marzo de 2.025:
1º Premio: ($ 300.000) Pesos Trescientos Mil en órdenes de compra.- (a tres cifras)
Cancelación Anticipada: 60 de Abril de 2.025.-
1º Premio: ($ 300.000) Pesos Trescientos Mil en órdenes de compra.- (a tres cifras)
Sorteo final: última jugada mes de 27 de Diciembre de 2.025:
1º Premio: ($ 2.500.000) Pesos Dos Millones Quinientos Mil en órdenes de compra.-
2º Premio: ($ 1.000.000) Pesos Un Millón Mil en órdenes de compra.-
3º Premio: ($ 500.000) Pesos Quinientos Mil en órdenes de compra.-
Art. 6º: Toda infracción a las Disposiciones del Decreto Ley 9.403/79 y texto actualizado Según Ley 11.349 y el presente Decreto, será sancionada por Autoridad de Aplicación de acuerdo a la Ley Nº 13.470 de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------------------
Art. 7: Remítase copia del presente Decreto a la Comisión solicitante, Destacamento Policial, Tesorería, regístrese y archívese.----------