Boletines/Lobería
Decreto Nº 402-25
Lobería, 10/02/2025
DESÍGNASE, en carácter de personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, los artículos 4 y 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.959/24; y
Considerando
QUE, el Director de Mantenimiento Vial JUAN SCHMITT, solicita la designación de personal destajista, para desempeñarse como chofer del camión regador que pasará por diferentes puntos de la ciudad, a partir del 29 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive;
QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;
QUE, si bien el referido agente supera la edad de admisibilidad se encuentra tramitando la pertinente certificación que constata haber prestado servicios en el sector público y así dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 4° de la Ordenanza N° 1.973/15 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de personal destajista, a partir del 29 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, al Sr. WALTER OSVALDO BAIOCCHI, D.N.I. Nº 21.950.918, para desempeñarse como chofer del camión regador que pasará por diferentes puntos de esta ciudad, bajo la órbita de la Dirección de Mantenimiento Vial.
ARTÍCULO 2.- El monto total a abonar será de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($ 8.600.000.-) correspondiendo al Municipio, además efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 1.200.000. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente, donde se dejará expresa constancia de la cantidad de kilómetros realizados.
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 32.01 Dirección de Mantenimiento Vial - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4° Se deja expresa constancia que el agente en cuestión presentará a la brevedad la certificación correspondiente que acredita su prestación de servicios en el sector público, a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 4° de la Ordenanza N° 1.973/15 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Dirección de Mantenimiento Vial, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.