Boletines/Tandil
Decreto Nº 463/2025
Tandil, 18/02/2025
Visto
La solicitud de ampliación de designación de la Veterinaria Julieta Nazarena Mercanti - Legajo 11.823, efectuada por el Director de Bromatología y Zoonosis, en razón de la renuncia de María Agustina Dillon Gómez – Legajo 10.907
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que la trabajadora ingreso el 12 de noviembre de 2024 venciendo su designación el 30 de enero de 2025, conforme a la Disposición Nro. 15/25.
Que la trabajadora ha cumplimentado los requisitos de admisibilidad e ingreso que establece el Convenio Colectivo de Trabajo 09/19, como así también el pre-ocupacional con resultado "Apto".
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíase la designación a la Veterinaria Julieta Nazarena Mercanti - Legajo 11.823, como Personal Profesional no C.P.H en la categoría 8 – 48 hs. semanales de la planta temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, con un adicional por actividad de calle consistente en un 24,29 % de la categoría 1 (Concepto 216) y aporte previsional del 16% por insalubridad, a partir del 31 de enero de 2025 y por el término de tres (3) meses.
Artículo 2°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 22.00.00 Bromatología, 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria y 1.2.4.5 Criticidad por Actividad de Calle del Presupuesto en vigencia.
Artículo 3°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección de Bromatología y Zoonosis, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Roberto Claudio Martínez Crovetto (Vicepresidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Vicepresidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia