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Ordenanza Nº4226/24

Ordenanza Nº 4226/24

Magdalena, 03/07/2024

V  I S T O:

 
La situación económica imperante y la ausencia de trabajo que afecta a las familias  magdalenenses, y
           
CONSIDERANDO
 

Que desde la Municipalidad de Magdalena se pueden encontrar soluciones que permitan mitigar esta problemática.


Que a tales efectos se propone crear una “Bolsa Municipal Digital de Trabajo” (BMDT) en donde podrán registrarse aquellos vecinos con necesidad de empleo, como también aquellas empresas y/o particulares que ofrecen trabajo. 

Que la creación de esta Bolsa no solo permitirá agrupar la información de quienes buscan u ofrecen trabajo, sino que permitirá al Departamento Ejecutivo obtener datos para la planificación de políticas públicas en la materia. 
   
 
Por todo ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Magdalena la “Bolsa Municipal Digital de Trabajo” (BMDT), invitándose a registrarse en ella a:


a) Todas las personas y/o particulares que tengan necesidad de tomar personal para cumplir tareas permanentes, transitorias, estacionales o de cualquier otro tipo.- 

b) Personas residentes del Distrito de Magdalena que posean dificultades laborales y necesidad acceder a algún empleo.-

ARTÍCULO 2º: La “Bolsa Municipal Digital de Empleo” (BMDT) se encontrará en el sitio web de la Municipalidad de Magdalena, o en un enlace dentro de la misma que lo dirija, y contendrá:
a) Un área donde el aspirante a conseguir trabajo podrá subir su Curriculum Vitae el que tendrá carácter de Declaración Jurada.-

b) Contará con un espacio donde los vecinos podrán postularse en las convocatorias publicadas en la bolsa. Dicha postulación será enviada al oferente inmediatamente.- 

c) Un área donde los oferentes (empresas o particulares) podrán publicar sus ofertas de trabajo en la Bolsa.-

ARTÍCULO 3°: La Municipalidad de Magdalena no asume responsabilidades de naturaleza alguna con los inscriptos, accedan o no a un puesto de trabajo o frente al o los empleadores. Su función es de carácter social y actuará como intermediaria entre la oferta y la demanda.

ARTÍCULO 4°: La Municipalidad incluirá en todos los pliegos de Bases y Condiciones para Licitaciones Públicas, tanto de la Administración Central como de Entes Descentralizados y Sociedades del Estado, una cláusula que establezca puntaje adicional a los oferentes que contraten y mantengan mientras dure la concesión, prestación de servicios o realización de obras (salvo despido por causa justificada), un 20%, como mínimo, de la mano de obra no especializada o con escasa especialización de la Bolsa Municipal Digital de Trabajo (BMDT), a cuyo efecto se les proveerá el listado correspondiente. Los pliegos preverán sanciones por incumplimiento de los contratistas o adjudicatarios. 

ARTÍCULO 5°: La Municipalidad invitará a utilizar la Bolsa de Trabajo Municipal a los adjudicatarios de las Licitaciones Públicas, tanto de la Administración Central como de Entes Descentralizados y Sociedades del Estado, anteriores a la vigencia de la presente, en caso de necesitar la contratación de nuevo personal.

ARTÍCULO 6°: La implementación de la presenta Ordenanza deberá contar con la debida publicidad, a los fines que todos los sectores puedan demandar u ofrecer mano de obra de cualquier tipo.

ARTÍCULO 7°: Los datos volcados en la Bolsa Municipal Digital de Trabajo (BMDT), observarán el carácter de públicos y a los mismos podrá acceder libremente cualquier
ciudadano.

ARTÍCULO 8°: Será autoridad de aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Desarrollo Local o la que a futuro asuma sus funciones.

ARTÍCULO 9°: Los datos obtenidos de la bolsa podrán ser utilizados por la autoridad de aplicación para estadísticas.

ARTÍCULO 10°: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA, EL DÍA 03 DE JULIO DE 2024.

Registrado bajo el Nº 4226/24
 

Fdo.

 

Prof. DANIELA PELUSO

Presidente HCD

 

Fdo.

 

Prof. ERNESTO ADEMAR MONROY

Secretario HCD