Boletines/Zárate
Decreto Nº 89/25
Zárate, 04/02/2025
Visto
La Nota presentada por la Asociación Cooperadora Escolar Escuela de Educación Primaria Nº 29, mediante expediente Nº 4121-427/2025; y-
Considerando
Que a través de la misma manifiesta la necesidad de recursos para afrontar la restauración, pintura integral de las superficies interiores y exteriores y cielorrasos de la institución;
Que la Secretaría de Desarrollo Humano y Educación ha evaluado la solicitud de obras de puesta en valor del edificio sugiriendo el otorgamiento de un subsidio de PESOS DOCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL SETENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS ($ 263.960.073,08), con rendición de cuentas;
Que, el Decreto Ley 9388/79 reconoce como entidad de bien público a las asociaciones, sociedades, fundaciones y toda otra entidad, cualquiera sea su naturaleza, que desarrolla actividades de interés social, cultural, benéfico y en general de cooperación para el logro del bienestar de la comunidad, pudiendo recibir ayuda estatal a través de la provincia o de la municipalidad;
Que, el Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que toda entidad ajena a la comuna que reciba de esta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio quedan obligados a probar la inversión de las mismas. En igual sentido se expresa el artículo 131 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, señalándose también por la norma que a falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a la entidad percibir nuevos beneficios;
Que, luce agregado dictamen de la Dirección General de Asesoría Letrada, sin formulación de objeciones desde el punto de vista jurídico;
Que, por lo expuesto precedentemente corresponde acceder a lo peticionado
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Contaduría Municipal, a abonar la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL SETENTA Y TRES CON OCHO CENTAVOS ($ 263.960.073,08.-), en concepto de subsidio con cargo a rendición de cuenta a abonar a la ASOCIACION COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA DE EDUCACIÓN PRIMARIA Nº 29 de Zárate, con domicilio en Pellegrini 2900 de la Ciudad de Zarate, pagaderos en la siguiente modalidad:
A la emisión del presente Decreto la suma de PESOS CIENTO CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL VEINTINUEVE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 105.584.029,23.-).
A comienzos del mes de FEBRERO de 2025 la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL VEINTIUNO CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 79.188.021,93.-).
A fines del mes de FEBRERO de 2025 la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL VEINTIUNO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 79.188.021,92.-).
ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a la siguiente Partida: Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano; Programa: 85 Educación – Actividad 05 - Apoyo Instituciones Educativas; Fuente de Financiamiento: 133 – Origen Nacional; Partida: 5.1.5.0. – Trasferencia a instituciones Educativas;
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación, IVÁN RODRIGO GÓMEZ GEREZ.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publíquese y comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, comuníquese y archívese.-