Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0277/25
Mar Chiquita, 29/01/2025
Visto
El Expte. Nº 817/24 caratulado “Sumario Administrativo Luciano German Padilla”; y
Considerando
Que, el 27 de septiembre del 2024 el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon elevó nota solicitando esclarecer la conducta, hechos y circunstancias realizadas por el agente Padilla Luciano German – Legajo Nº 3097, D.N.I Nº 24.539.071;
Que, mediante Decreto Nº 1786/24 se dispuso Sumario Administrativo con suspensión preventiva para el agente Padilla Luciano German – Legajo Nº 3097, D.N.I Nº 24.539.071;
Que, obra a fs. 10 citación a prestar testimonio a la agente Latasa Claudia Lorena, quien a fs. 14/15 comunicó ser enfermera y que el día viernes 27 de septiembre se encontraba de guardia en el CAPS de Mar Chiquita junto al Dr. David Rivero Hernández y el ambulanciero Luciano German Padilla, quien al ser llamado por la misma a horas de la madrugada por un llamado de emergencia del CAPS de Santa Clara del Mar a raíz de un accidente en la Ruta 11 a la altura de Tipantú no se encontraba en su habitación y tampoco el móvil ambulancia que se encuentra a su cargo;
Que, consta a fs. 11 citación a prestar testimonio al agente Dr. Rivero Hernández David, quien declara a fs. 16 haberse encontrado de guardia en el CAPS de Mar Chiquita el día viernes 27 de septiembre y ser anoticiado por la enfermera Latasa Claudia Lorena que el sr. Luciano German Padilla se había ausentado de su puesto de trabajo con la móvil ambulancia a su cargo, sin previo aviso a sus superiores y compañeros;
Que, el Dr. Rivero Hernández David intentó comunicarse por teléfono con el Sr. Luciano German Padilla, quien no contestó las llamadas hasta las 05:55 hs aproximadamente, donde le comunica encontrarse inflando las cubiertas de la ambulancia en el Peaje de Mar Chiquita;
Que, mediante Resolución Nº 003 se citó a declarar al agente Luciano German Padilla, quien a fs. 19 declara haberse retirado del establecimiento con el móvil ambulancia, sin aviso previo a sus superiores y compañeros;
Que, el Sr. Luciano German Padilla afirma haberse retirado por otro motivo diferente al comunicado al Dr. David Rivero Hernández, siendo falso lo expuesto al mismo, agregando que su ausencia se debió a causas personales;
Que, mediante Resolución Nº 004 se resuelve dar traslado de las actuaciones al Sr. Luciano German Padilla para que efectúe su defensa y proponga las medidas que crea oportunas, obrando a fs. 22 su descargo;
Que, la Resolución Nº 005 dispuso el traslado por 5 (cinco) días de las actuaciones al sumariado para que alegue sobre el merito de la prueba, lo cual no fue ejercido por el mismo;
Que, mediante Decreto Nº 2268/24 se estableció la prórroga a la suspensión preventiva del Sr. Luciano German Padilla por encontrarse en plena etapa de prueba y evitar el entorpecimiento de las actuaciones;
Que, a fs. 27/28 consta dictamen de la Directora de Asuntos Legales, quien concluye que se garantizó el derecho de defensa del sumariado y se dio cumplimiento con el debido proceso en el actuar de la administración municipal, considerando pertinente ante la gravedad de la infracción cometida la cesantía del agente Luciano German Padilla – Legajo Nº 3097, D.N.I Nº 24.539.071;
Que, mediante Resolución Nº 006 se citó a reunión de la Junta de Ascensos, Calificaciones y Disciplina para dar tratamiento de las actuaciones, la cual concluye por unanimidad que es pertinente la aplicación del artículo 107° inc. 1, 3 y 4 de la Ley Nº 14.656, sancionando hasta con cesantía el abandono del servicio sin causa justificada, inconducta notoria e incumplimiento de las obligaciones determinadas del trabajador.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: DECLARESE CESANTE, a partir del día de la fecha al agente PADILLA, LUCIANO GERMAN, DNI Nº 24.539.071, Legajo Nro.3097, CUIL Nº 20-24.539.071-9 en el cargo de Personal Mensualizado – Ambulanciero de 40 Horas Semanales - Categoría I, según Decreto de designación Nº 1434/23, conforme los Considerandos del presente.
ARTICULO 2º: El presenta decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º: NOTIFIQUESE, al interesado en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.