Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0107/25
Mar Chiquita, 09/01/2025
Visto
El Expte. Nº 737/2024;
La solicitud de investigación tendiente a esclarecer los hechos denunciados y, en su caso, determinar el inicio de acciones administrativas o penales que pudieran corresponder;
Considerando
Que, las presentes actuaciones administrativas se iniciaron por nota del Secretario de Salud, Sr. Ricardo Ludovico Gordon solicitando intervención en relación a los hechos ocurridos en el Hospital Municipal “Eustaquio Aristizábal” el día 31 de agosto del 2024;
Que, a fs. 2/12 obra copia de la denuncia penal por lo mencionado ut supra;
Que, mediante Decreto Nº 1616 se dispuso la instrumentación de la correspondiente investigación presumarial para esclarecer los hechos denunciados y, en su caso, determinar el inicio de las acciones administrativas o penales que correspondan;
Que, se remitió nota a la Secretaria de Salud solicitando informe acerca del personal que se encontraba prestando servicios en el Hospital Municipal “Eustaquio Aristizábal” el día 31 de agosto del 2024 entre las 18:30 y 20 horas, en las áreas afectadas a la investigación, la cual fue respondida a fs. 18 con el listado correspondiente;
Que, a fs. 19/26 constan citaciones al personal para tomarles interrogatorio y dilucidar los hechos denunciados;
Que, la Sra. Di Fino Adriana Alicia – Legajo Nº 3717 a fs. 27 declara haber estado en el Hospital Municipal el 31 de agosto del 2024, tener conocimiento sobre los hechos por los cuales se la cita a prestar testimonio, conocer al denunciado, el Sr. Diaz Cristian Eduardo y manifiesta que el mismo no es agente municipal, no existiendo relación alguna entre éste y la Municipalidad de Mar Chiquita;
Que, a fs. 29 obra testimonial de la Sra. Manassero Cintia Evangelina – Legajo Nº 2548, quien afirma no haberse encontrado en el establecimiento en el rango horario susceptible de dicha investigación;
Que, consta a fs. 34 testimonio de la agente Sra. Cortes, María Marta – Legajo Nº 1243, quien afirma no haber tenido contacto directo con la Srita. Rodríguez Aixa Belén y no conocer al Sr. Diaz Cristian Eduardo;
Que, se cita a la agente municipal Giménez Mariana Noemi – Legajo Nº 1516, quien a fs. 35 declara no conocer al Sr. Diaz Cristian Eduardo ni haber tenido contacto alguno con la Srita. Rodríguez Aixa Belén;
Que, mediante Resolución N°007 se cita el día 09 de enero del corriente a la Junta de Ascensos, Calificaciones y Disciplina, donde luego de tomar vista de las actuaciones obrantes, se concluye que no existen pruebas suficientes para sustanciar sumario administrativo y se sugiere archivar todas las actuaciones.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DISPONGASE el archivo de las presentes actuaciones en un todo de acuerdo a la investigación presumarial.
ARTICULO 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º COMUNIQUESE, a quienes corresponda, regístrese y dese al Registro Oficial.