Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 0041/25
Mar Chiquita, 03/01/2025
Visto
La solicitud de eximición de la Tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública correspondiente al año 2025 realizada por el Veterano de Guerra de Malvinas, Sr. Gervilla Julián Antonio; y
Considerando
Que la Ordenanza Municipal Nº85/94 en su Artículo 1º exime del pago de Tasa mencionada a los ciudadanos argentinos ex combatientes de la Guerra del Atlántico Sur por las Islas Malvinas por los inmuebles de los que resultaren propietarios y que tengan cinco (5) años de residencia o domicilio en el Partido;
Que el solicitante ha presentado toda la documentación requerida en el Artículo 3º de la norma legal citada;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: EXIMASE, al Sr. GERVILLA JULIÁN ANTONIO, D.N.I. Nº 13.538.666, Veterano de Guerra de Malvinas, en un cien por ciento (100%), del pago de la Tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública, por todos los vencimientos que operen durante el año 2025, del inmueble designado catastralmente como Circ. IV – Secc. F - Manz. 197 – Parc. 11, Partida Inmobiliaria 17.354, Cuenta Municipal 9740/00, en virtud de lo establecido en la Ordenanza Nº85/94.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 3º: NOTIFIQUESE, al interesado en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.