Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0016/25

Decreto Nº 0016/25

Mar Chiquita, 02/01/2025

Visto

El Expte. 1080/24; y

Considerando

Que consta en el mismo nota presentada por el Secretario de Deportes Sr. Sebastián Daniel Rioja, solicitando una beca deportiva para el Sr. Roura Pablo David, D.N.I. 21.447.730 domiciliado en calle Fray Luis Beltrán N° 1320 de la localidad de Balneario Parque Mar Chiquita;

Que el Sr. Pablo David Roura, ha participado en importantes carreras y travesías, tanto en Argentina como en España, y recientemente en Bolivia, destacándose por su esfuerzo, dedicación y talento, logrando un destacado séptimo puesto entre los mejores corredores del continente en su disciplina;

Que el deporte, en sus diversas modalidades, tiene un rol fundamental en el desarrollo integral de los individuos y en la promoción de hábitos de vida saludables, contribuyendo al bienestar físico, mental y social de nuestra comunidad;

Que el Partido de Mar Chiquita ha demostrado un fuerte compromiso con el fomento de actividades deportivas y la capacitación de deportistas, brindando el apoyo necesario para que los jóvenes y adultos logren alcanzar sus metas en el ámbito competitivo y amateur;

Que, en este contexto, el Sr. Pablo Roura ha logrado con su desempeño poner en alto el nombre del Partido de Mar Chiquita, siendo un ejemplo de perseverancia y dedicación para los jóvenes deportistas locales

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: OTORGUESE, una Beca Deportiva por un valor de PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000,00) a partir del a partir del 1º de diciembre y hasta el 30 de junio de 2025, a la siguiente persona:

 

APELLIDO Y NOMBRE

LOCALIDAD

DNI

COD. BENEF.

1

ROURA, PABLO DAVID

BALNEARIO PARQUE MAR CHIQUITA

21.447.730

9600

 

ARTICULO 2º: El gasto que demande lo indicado en los artículos precedentes, será imputado a la Jurisdicción 1110132000 Cat. Programática 24.00.00 –  Becas.F.F.110 Imputación del Gasto 5.1.3.0.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, a la interesada, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.