Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº0010/25

Decreto Nº 0010/25

Mar Chiquita, 02/01/2025

Visto

La nota presentada por el Secretario de Turismo y Ambiente Sr. Ginestra, Diego Luis solicitando la designación del Personal Guardavidas para cubrir los francos y/o suplencias en el Operativo de Seguridad en Playas, desde el 01 de enero y hasta el 31 de Marzo del 2025; y

Considerando

Que la Ley N° 14.798 establece que corresponde a los Guardavidas un Franco semanal;

Que, habiéndose designado los guardavidas correspondientes por ley, restan otros que habiendo aprobado el examen no pudieron ingresar;

Que es voluntad del Departamento Ejecutivo cubrir los francos con quienes no obtuvieron el puesto de trabajo;

 POR ELLO;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

DECRETA

ARTICULO 1º: DESIGNASE, como guardavidas para cubrir francos y/o suplencias en el OPERATIVO DE SEGURIDAD EN PLAYAS, a partir del día 01 de enero del 2025 y hasta el 31 de marzo del 2025 a los siguientes agentes:

APELLIDO Y NOMBRES

DOMICILIO

CUIL

FECHA DE NAC.

LEG.

MARTIN Damián Franco

Del buen orden N° 137 – Mar de Cobo

20-25434169-0

05/08/1976

3843

GARDONIO Bruno Martin

Irala N°3339 - Quilmes

20-42493050-5

10/01/2000

4632

ARTICULO 2º: ORGANIZASE, por medio de la Secretaria de Turismo y Ambiente a forma de cubrir los francos dispuestos ley - Para ello, deberá establecerse un cronograma tal que permita a los Guardavidas Titulares gozar de su derecho al descanso semanal. 

ARTICULO 3º: ABONESE, por cada día trabajado a los agentes indicados en el Artículo 1° el valor de la jornada correspondiente al salario para el Grupo Ocupacional Guardavidas Categoría IV, previa certificación del Jefe del Operativo de Seguridad en Playa dependiente de la Secretaria de Turismo y Ambiente. 

ARTICULO 4º: El gasto ordenado en el Artículo 1º será imputado a la Jurisdicción 1110141000 – Categoría Programática 17.00.00 Seguridad en Playas – Fuente de Financiamiento 131 Origen Municipal – Afectación 12.9.06.00.

ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario Turismo y Ambiente Sr. Diego Luis Ginestra. 

ARTICULO 6º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.