Boletines/Pergamino
Decreto Nº 383-25
Publicado en versión extractada
Pergamino, 03/02/2025
Municipalidad de Pergamino
2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina
Decreto
Pergamino, Lunes 3 de Febrero de 2025
Referencia: ESTABLECE FIRMA ELECTRÓNICA Y/O DIGITAL PARA DOCUMENTOS GENERADOS POR EL SISTEMA RAFAM EX-2025-00019202- -PER-MEI#SGO
VISTO:
Decreto 2297/2017 que establece la obligatoriedad de firmar digitalmente todos los documentos de la administración municipal; exceptuando, entre otros, la documentación generada a través del sistema RAFAM.
Decreto 3644/2017 que establece la obligatoriedad de tramitar en forma digital los expedientes de “Premio por años de Servicio”
Decreto 2629/2018 que establece la obligatoriedad de tramitar en forma digital los expedientes de “Solicitud de Adelanto y/o Rendición de Viáticos”
Decreto 4001/2018 que establece la obligatoriedad de tramitar en forma digital los expedientes de “Constitución Cajas Chicas”
Decreto DECTO-2019-966-PER-INT que establece la obligatoriedad de tramitar en forma digital los expedientes de “Rendición de cuentas”
Decreto DECTO-2020-2941-E-PER-INT que establece la obligatoriedad de tramitar en forma digital los expedientes de “Pago de Servicios de telefonía fija y móvil, internet, electricidad y gas natural”, y;
CONSIDERANDO:
Que por el decreto DECTO-2022-1862-E-PER-INT, se implementó el procedimiento de “Contratación Directa” en el sistema GDE, estableciendo que todos los documentos de RAFAM pertenecientes a ese trámite, serían firmados digitalmente.
Que a partir de la implementación de la “Contratación directa” se comenzó a ampliar paulatinamente la cantidad de trámites digitales que establecen la obligatoriedad de firmar digitalmente la documentación generada en el sistema RAFAM.
Que el presente decreto se dicta en base a las competencias y atribuciones que establecen los artículos Nº 107 y Nº 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y en un todo de acuerdo con los artículos Nº 104 y Nº 106-segundo párrafo de la Ordenanza General Nº 267/80. Por ello, el Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Establecer a partir del día de la fecha, el uso de la firma electrónica y/o digital para todos los documentos generados por el sistema RAFAM en el ámbito del Poder Ejecutivo Municipal, pertenecientes a los trámites de:
ARTÍCULO 2°: Llevar a conocimiento de los alcances de la presente al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires remitiendo copia del mismo.
ARTÍCULO 3°: Regístrese, publíquese y gírese a todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo para su conocimiento.
Firmantes: Karim Jorge Dib -Secretario de Gobierno- Intendencia
Javier Arturo Martinez - Intendente - Intendencia