Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 64/2025
Benito Juarez, 15/01/2025
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “V” Nº 01/2025, en el que a fojas 2 obra nota refrendada por el Gerente Vial Rural informando la necesidad de realizar la reparación del equipo de estación de servicio y lubricación, que incluye repuestos y mano de obra, como la revisión de la carrocería, circuito eléctrico, compresor, hidrolavadora, sistema hidráulico, bombas neumáticas, etc.; y
Considerando
que la firma “Lubricación SAIC.” es la empresa que ha proveído el equipo en Enero del 2018 y por tanto, cuenta con una vasta experiencia en el rubro;
QUE a fs. 3 y 4 se adjunta presupuesto correspondiente;
QUE a fojas 6 obra informe del Jefe de Compras, manifestando que en virtud de la necesidad de contar con la unidad, y teniendo en cuenta que contratar a la firma permitiría agilizar ese proceso, se sugiere dar continuidad a lo requerido por la Dirección General de Servicios, basándose en la excepción prevista en el artículo 156 inc. 6 de la L.O.M.;
QUE a fojas 7 la Contadora Municipal informa que las actuaciones correspondientes cumplen con los requisitos básicos enunciados en la L.O.M. y en el Reglamento de Contabilidad, acompañando la respectiva solicitud del gasto;
QUE a fs. 9 el Sr. Secretario de Hacienda Interino, solicita la adjudicación a la firma mencionada;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Adjudíquese en forma directa a la firma “Lubricación SAIC.” la reparación del equipo de estación de servicio y lubricación, que incluye repuestos y mano de obra, como la revisión de la carrocería, circuito eléctrico, compresor, hidrolavadora, sistema hidráulico, bombas neumáticas, etc., por un importe total de pesos veinte millones setecientos doce mil novecientos sesenta y dos centavos ($ 20.712.962,00), de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 inc. 6) de la L.O.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “V” Nº 01/2025.
Artículo 2º.-Notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y Gobierno, Direcciones de Compras, de Presupuesto, Contaduría, Tesorería y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA,
VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS
ARQ. DIEGO ROSSETTI
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 64.-