Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº54/2025

Decreto Nº 54/2025

Benito Juarez, 13/01/2025

Visto

lo informado por la Directora General de Recursos Humanos,  a fojas 59 del Expediente Letra “R” Nº 146/18, respecto de la necesidad de renovar la designación del Dr. BARBA MATIAS ALBERTO (L.P. 5069) como Médico Laboral con efecto retroactivo al 1º de Enero y hasta el 31 de Diciembre del 2025; y

Considerando

que se debe otorgar al Dr. Barba una Bonificación  mensual Remunerativa con aportes, cuyo monto será equivalente a la categoría 1 con 35 horas semanales de la Escala Salarial, afectada a los aumentos que se sucedan en la misma;  

QUE el Contador del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” eleva la respectiva imputación contable;                                              

QUE la Secretaria de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Desígnese con efecto retroactivo al 01/01/2025 y hasta el 31/12/2025, al Dr. BARBA MATIAS ALBERTO (L.P. 5069) como Médico Laboral, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 146/18.

Artículo 2º.-Autorízase la liquidación mensual, de una bonificación remunerativa, con aportes al  Dr. BARBA MATIAS ALBERTO (L.P. 5069), con efecto retroactivo al 01/01/2025 y hasta el 31/12/2025, cuyo monto será equivalente a la categoría 1 con 35 horas semanales de la Escala Salarial, afectada a los aumentos que se sucedan en la misma, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 146/18.

Artículo 3º.-El gasto deberá imputarse de acuerdo a lo informado por el  Contador del Ente a fs. 57 del Expte. Letra “R” Nº 146/18.

Artículo 4º.- Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 5º.- Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud, Contaduría del Ente y Auditoría, cumplido, archívese.     

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 54.-