Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº536/2024

Resolución Nº 536/2024

Benito Juarez, 27/12/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “E” Nº  55/2024, en el cual la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” informa que la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471), no se presentó a trabajar el día 08/12/2024 sin justificativo alguno; y

Considerando

que  los motivos expuestos a fs. 41, en oportunidad de hacer descargo, no justifica la inasistencia informada;

QUE el accionar de la agente quebranta lo dispuesto en el art. 81 del CCTM, por lo que puede concluirse que su conducta se adecua a la falta disciplinaria prevista en el artículo 84 inc. 3 del C.C.T.M. – Negligencia en sus tareas – siendo pasible de una sanción correctiva de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 del C.C.T.M.;

QUE de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 del C.C.T.M., a los efectos de la graduación de la sanción, se consideran reincidentes a los trabajadores que hayan sufrido alguna sanción correctiva, dentro del plazo de 2 años a la fecha de comisión de una nueva falta, en virtud de lo cual deberá tenerse en cuenta que mediante Resolución Nº 282/2024  del 10/07/2024, y Resolución Nº  312/2024 del 23/07/2024 fue sancionada con llamados de atención. Mediante Resolución Nº 407/2024 del 20/09/2024 con una suspensión de un día, por Resolución Nº 454/2024 del 29/10/2024 con una suspensión de un día, y mediante Resolución Nº 475/2024 del 21/11/2024 con una suspensión de 3 días; 

QUE a fs. 44 y 45 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo proceder a la aplicación de la sanción propuesta;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar  la sanción de “CUATRO DIAS DE SUSPENSIÓN” sin goce de haberes a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471) de acuerdo a lo normado en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M, el cual autoriza a la sanción propuesta por negligencia en sus funciones, y a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº  55/2024.

Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Descentralizado a descontar a la agente MARINI MARTINA (L.P. 5471), el día de ausencia injustificada (08 de Diciembre del corriente año), en virtud de lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº  55/2024.

Artículo  3º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.

Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº  536.-