Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1898/2024
Benito Juarez, 26/12/2024
Visto
lo actuado en el Expediente Letra “O” Nº 44/2024, en el cual de fs. 2 a 18 el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos adjunta la documentación correspondiente para la adquisición de 11 inmuebles de la empresa Loma Negra C.I.A.S.A., ubicados en la localidad de Villa Cacique;
QUE de fs. 86 a 95, obra modelo de BOLETO COMPRA VENTA, a suscribir con la mencionada empresa, por el cual el municipio de Benito Juárez adquiere 11 inmuebles;
QUE ésta operatoria se desarrolla en el marco de la edición del Presupuesto Participativo (Ordenanza Municipal Nº 6019), donde se celebró la Asamblea Comunitaria y posterior votación, siendo el resultado la aceptación por parte de la comunidad de la propuesta integral que incluye la adquisición de los inmuebles a la empresa “Loma Negra C.I.A.S.A.”;
QUE los inmuebles en cuestión, ofrecen oportunidad para mejorar la infraestructura local, incluyendo áreas recreativas y espacios comunitarios, que son vitales para el desarrollo social y la cohesión comunitaria;
QUE a fs. 54 obra la tasación oficial de los inmuebles mencionados;
QUE a fs. 68 del mencionado Expte. obra el correspondiente proyecto de Ordenanza;
QUE la sesión Extraordinaria a realizarse el día 20 de Diciembre del corriente año, no pudo llevarse a cabo por falta de “quórum”, impidiendo su tratamiento;
QUE el Departamento Ejecutivo, sugiere que el presente acto administrativo sea “AD REFERENDUM” del H.C.D. en el marco de lo dispuesto en el art. 155 de la LOM, para lo cual se realizaron modificaciones al Boleto de Compra Venta original;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades y “AD REFERENDUM” del Honorable Concejo Deliberante;
DECRETA:
Artículo 1º.-Suscribase con la empresa “Loma Negra C.I.A.S.A.” el Boleto Compra Venta correspondiente, en referencia a la adquisición de 11 inmuebles ubicados en la localidad de Villa Cacique, obrante de fs. 86 a 95 del Expte. Letra “O” Nº 44/2024.
Artículo 2º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda y el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 3º.-Comuníquese, dése al R. O. De Decretos y Resoluciones, tome nota, RRHH, Ente Descentralizado, Agencia de Desarrollo Local, Delegaciones Municipales, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, de Desarrollo Social, de Seguridad, de Salud, Jefatura de Gabinete, y Auditoría, cumplido, archívese.
JEFE DE GABINETE
A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA
SR. JORGE O. ISMAEL
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1898.-