Boletines/Saladillo
Decreto Nº 126/2025
Saladillo, 20/01/2025
Visto
el expediente de referencia por medio del cual la Directora de Turismo, Lic. Leticia Colás, manifiesta la necesidad de contratar un servicio externo para realizar una experiencia inmersiva sobre el interior del partido de Saladillo, a través de un video 360°; y
Considerando
que dicho video debe estar en formato mp4 y mkv, con una resolución de imagen de 8k, adaptable a los dispositivos VR o plataformas que se necesite para su exhibición;
QUE el alcance del servicio consta de una preproducción para diseñar la narrativa del video mediante reuniones con los productores y el equipo de la Dirección de Turismo, la producción y el registro en 8k con el equipamiento técnico necesario para el registro de video 360° y equipo de rodaje, y la post producción que consta de la selección final de tomas, edición de video VR Ready 8/K, edición de color grading, sonido ambisonics con especialización 3D;
QUE, la Dirección de Turismo no cuenta con personal idóneo ni el equipamiento necesario para realizar esta tarea, y conforme ello, debe procederse a declarar la incompetencia de la Dirección de Turismo y de la Secretaría de Desarrollo Local –área a la que pertenece la primera;
QUE dicha incompetencia debe ser declarada por el Honorable Concejo Deliberante; y
QUE dada la premura que merece cuestión, resulta necesario efectuar la declaración de incompetencia mediante el dictado de un decreto del Departamento Ejecutivo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Declarar la incompetencia de la Dirección de Turismo y de la Secretaría de Desarrollo Local –área a la que pertenece la primera - para realizar una experiencia inmersiva sobre el interior del partido de Saladillo, a través de un video 360° en formato mp4 y mkv, con una resolución de imagen de 8k, adaptable a los dispositivos VR o plataformas que se necesite para su exhibición.
ARTÍCULO 2: Autorizar a la Oficina de Contaduría, a la Secretaría y Dirección mencionadas en el artículo primero, a contratar profesionales y/o personal idóneo, con el equipamiento necesario, para realizar la tarea detallada en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante con relación al carácter especial que reviste el gasto por dicha contratación.
ARTÍCULO 4: Comunicar, tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 126/2025