Boletines/Zárate

Decreto Nº84/25

Decreto Nº 84/25

Zárate, 03/02/2025

Visto

Las Ordenanzas Nº 4871, 5070, 5115 y 5202, y el Expediente Nº 4121-1718/2024; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 4871 modificada por Ordenanza N° 5115, se implementó el otorgamiento de un complemento dinerario, a modo de subsidio no reintegrable, destinado tanto para dar cobertura de personas que requieran asistencia habitacional y/o protección familiar, como para dar cobertura a personas que se encuentren en situación de desempleo, tendiente a mejorar la situación particular o su situación socio-económica y reinserción laboral respectivamente, de todos aquellos beneficiarios o no, de planes sociales otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, prorrogada por la Ordenanza Nº 5070, y con un plazo de vigencia desde el 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, considerando la situación económica y de empleo dentro del contexto actual;

Que, a tales fines, la cobertura de la situación de desempleo de los beneficiarios alcanzados y que constan en el Expediente citado en el Visto, será efectivizado a través del otorgamiento de una ayuda económica, en carácter de subsidio no reintegrable, a otorgarse mensualmente, respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4871 y 5115;

Que, en el marco del Expediente Nº 4121-1718/2024, se han reunido los elementos exigidos por las citadas normas por cada beneficiario, para el otorgamiento del subsidio conforme lo descripto en las mencionadas actuaciones;

Que en atención a las particularidades del contexto actual, este Departamento Ejecutivo promueve el pago proporcional de dicho subsidio correspondiente al mes de enero;  

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias, 

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos tres millones veintitrés mil trescientos tres ($ 3.023.303.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

1

BAIGORRIA ESTEBAN

10

34.645.227

14983

1/2-OF

$ 281.730

2

DEBETAK SERGIO ANDRES

10

32.780.947

14486

OF

$ 303.469

3

Gomez, Hector Hernan

10

29.805.264

14633

OF

$ 303.469

4

Lopez, Valeria Alejandra

10

35.835.926

14562

1/2-OF

$ 281.730

5

MIÑO GONZALO SEBASTIAN

10

39.669.323

14212

1/2-OF

$ 281.730

6

MONZON LEONARDO GERMAN

10

40.756.941

14215

PUNTERO

$ 352.123

7

OSORIO ANALIA NATALIA

10

34.481.318

14223

1/2-OF

$ 281.730

8

Roa, Gastón Ezequiel

10

42.155.132

14533

OF

$ 303.469

9

ROMERO GABRIEL

10

21.834.280

14244

PUNTERO

$ 352.123

10

ROQUETA AGUSTÍN

10

42.882.849

14576

1/2-OF

$ 281.730

 

Total:

 

 

 

 

$3.023.303

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000   –   Secretaría   de  Desarrollo  Humano;  Programa: 86 – Inclusión Social y Abordajes Integrales; Actividad: 01 – Administración de la Subsecretaría de Inclusión Social y Abordajes Integrales; Partida: 5.1.4.0 – Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 - Origen Municipal; del presupuesto vigente. –

 

ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento noventa y siete mil trescientos trece ($ 1.197.313,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

 

Apellido y Nombre

Cuadrilla

DNI

Nº Beneficiario

Categoría

Monto

1

ARANDA, NAHUEL ULISES

Palacio

43.470.915

14564

PUNTERO

 $           352.123,00

2

FARIAS, AGUSTÍN ENZO

Palacio

45.292.324

14578

1/2-OF

 $           281.730,00

3

GALEANO, JORGE ANÍBAL

Palacio

44.591.605

14542

1/2-OF

 $           281.730,00

4

GUTIÉRREZ, GRACIELA NOEMI

Palacio

26.624.726

14532

1/2-OF

 $           281.730,00

 

TOTAL

 

 

 

 

   $        1.197.313,00

 

ARTÍCULO 4º.- El gasto dispuesto en el artículo 3º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110105000   –   Secretaría   de  Gobierno;  Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno;  Actividad: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

 

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ochocientos setenta y nueve mil doscientos cincuenta y uno ($ 1.879.251,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

 

Nº

Apellido y Nombre

Cuadrilla

DNI

Nº Beneficiario

Categoría

Monto

1

ÁLVEZ, RUBÉN HÉCTOR

Lima

24.505.119

14783

1/2-OF

 $           281.730,00

2

CARRIZO, MATÍAS MIGUEL

Lima

31.216.884

14784

1/2-OF

 $           281.730,00

3

MEDINA MARTIN CRUZ

Lima

42.117.437

14793

1/2-OF

 $           356.730,00

4

MONTSERRAT MARÍA DEL CARMEN

Lima

31.410.937

14488

PUNTERO

 $           352.123,00

5

PAZ CESARIO LUIS

Lima

24.670.948

14226

OF

 $           303.469,00

6

VERGARA NOELIA SOLEDAD

Lima

37.845.705

14490

OF

 $           303.469,00

 

TOTAL

 

 

 

 

 $         1.879.251,00

 

ARTÍCULO 6º.-  El gasto dispuesto en el artículo 5º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Lima; Programa: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Actividad: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

 

ARTÍCULO 7º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos trece millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos sesenta ($ 13.146.660,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

1

AGUIRRE CASIAN DIEGO NICOLAS

5

42.294.788

14154

OF

$ 303.469

2

AGUSTINEZ SERGIO ORLANDO

TALLER

23.986.791

14155

1/2-OF

$ 281.730

3

Albarenque Agustina Daniela

5

46.944.413

14649

1/2-OF

$ 356.730

4

ARAOZ JESICA MARIA VICTORIA

witcel

30.350.008

14158

PUNTERO

$ 352.123

5

ARAYA LUCAS

witcel

38.838.547

14550

PUNTERO

$ 352.123

6

BALLESTERO ALEJANDRO JAVIER

7

23.363.618

14159

OF

$ 303.469

7

BARRETO ANGEL FABIAN

3

45.032.501

14160

OF

$ 303.469

8

BARRETO EMILIO ANGEL

3

28.268.249

14161

PUNTERO

$ 352.123

9

CHURRUARIN MICAELA

5

36.881.616

14998

1/2-OF

$ 356.730

10

CONTRERA MATIAS MAXIMILIANO

1

44.165.089

14177

OF

$ 303.469

11

CORIA LUIS  JAVIER

2

18.844.286

14178

PUNTERO

$ 352.123

12

CRISPIEN YESICA CATALINA

8

34.400.776

14179

PUNTERO

$ 352.123

13

De la Cruz, Cecilia Belén

1

40.375.797

14541

OF

$ 303.469

14

Defelippe, Rocio Cristal

8

32.953.438

14553

1/2-OF

$ 356.730

15

DIAZ JORGE  ALBERTO

Cementerio

24.195.397

14181

PUNTERO

$ 352.123

16

DOMINGUEZ  JOSE ALBERTO

witcel

20.343.243

14182

OF

$ 303.469

17

EDUARDO MONICA TERESA

7

20.979.395

14491

OF

$ 303.469

18

Eduardo, Nestor Abel

3

20.020.259

14548

OF

$ 303.469

19

EICHMAN GUSTAVO

witcel

30.516.241

14579

OF

$ 303.469

20

ESCOBEDO DYLAN EUGENIO GABRIEL

Cementerio

45.998.260

14186

1/2-OF

$ 281.730

21

FERNANDEZ JOSE OSVALDO

7

33.785.079

14189

OF

$ 100.000

22

FIGUEROA NATALIA

8

33.033.591

15132

OF

$ 378.469

23

FLORES SEBASTIAN CESAR ARIEL

Palacio

32.331.017

14190

PUNTERO

$ 352.123

24

ISASA MARTIN MAXIMILIANO

witcel

34.400.880

14198

1/2-OF

$ 281.730

25

MAGNE TOMAS

4

45.864.222

14899

1/2-OF

$ 324.518

26

MÉNDEZ ERICA NATALIA

2

29.286.480

14487

PUNTERO

$ 352.123

27

MONTEROS MILAGROS  AYLEN

Cementerio

43.815.732

14214

OF

$ 303.469

28

ORTIZ PATRICIA ALEJANDRA

7

23.064.174

14222

OF

$ 378.469

29

ROCHE JORGE RAMON

1

31.538.126

14235

PUNTERO

$ 352.123

30

ROCHE SEBASTIÁN

1

42.461.574

14489

OF

$ 303.469

31

RODRIGUEZ CRISTIAN DAVID

3

19.085.122

14237

OF

$ 303.469

32

RODRIGUEZ LAUTARO GERMAN

2

42.540.303

14240

OF

$ 303.469

33

ROJAS SAUL HERNAN

TALLER

34.645.213

14243

OF

$ 378.469

34

Rojas, Eduardo Alberto

4

16.983.677

14558

PUNTERO

$ 352.123

35

ROSALES HECTOR OSCAR

witcel

30.171.550

14246

OF

$ 303.469

36

SILVA LUIS MARCELO

witcel

24.478.714

14250

PUNTERO

$ 352.123

37

TROSET MARCOS JAVIER

4

28.942.560

14253

PUNTERO

$ 352.123

38

Villa, Brisa Abril

2

43.050.874

14534

1/2-OF

$ 281.730

39

YEDRO MONICA ALEJANDRA

7

27.819.498

14258

1/2-OF

$ 281.730

40

ISAURRALDE  LILIANA

4

31.281.714

14989

1/2-OF

$ 281.730

41

Ruiz Diaz, Miguel Angel

5

26.624.364

14555

PUNTERO

$ 352.123

 

Total:

 

 

 

 

$ 13.146.660,00

 

 

 

ARTÍCULO 8º.-  El gasto dispuesto en el artículo 7º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos; Programa: 20 – Mantenimiento y Servicios Públicos; Actividad: 01 – Administración Gestión y Control de Mantenimiento y Servicios Públicos – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

 

ARTÍCULO 9º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos trescientos tres mil cuatrocientos sesenta y nueve ($ 303.469,00) a la persona que se detalla a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 16 al 31 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:

 

Apellido y Nombre

Cuadrilla

DNI

Nº Beneficiario

Categoría

Monto

1

FERNANDEZ GABRIEL ALEXIS

Bromatologia /Zoonosis

35.836.479

14188

OF

 $           303.469,00

 

TOTAL

 

 

 

 

 $           303.469,00

 

 

ARTÍCULO 10º.-  El gasto dispuesto en el artículo 9º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Salud; Programa: 73 – Bromatología y Zoonosis; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-

 

ARTÍCULO 11º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación, Dn. IVAN RODRIGO GOMEZ GEREZ.-

 

ARTÍCULO 12º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, comuníquese y archívese.-