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Resolución Nº2186

Resolución Nº 2186

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/12/2024

Visto las presentes actuaciones referidas a la solicitud del correspondiente Permiso de Funcionamiento interpuesto por Santiago Adrián Gamero, en carácter de apoderado de la firma CLUB EL NACIONAL SOCIEDAD CIVIL, C.U.I.T. N° 30-55644381-1, con el fin de desarrollar la actividad de Natatorio para la Temporada 2024-2025, en el domicilio sito en la calle 14 de Julio N° 3240, de la Localidad de Bahía Blanca, y;

 

CONSIDERANDO
 

Que la solicitud ha sido interpuesta con fecha 1 de noviembre de 2024, conforme constancias obrantes a fojas 1 y 2;
 

Que de fojas 3 a 6, obra copia fiel de Actuacion Notarial, donde consta que Santiago Adrian Gamero es Apoderado General del CLUB EL NACIONAL SOCIEDAD CIVIL;

 

Que de fojas 8 a 61, obra documentación aportada por parte interesada, a fin de evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fojas 70, se adjunta análisis químico y bacteriológico del agua, emitido por el Laboratorio de Analisis Quimicos, Bromatologicos e Industriales;
 

Que a fojas 72, el Departamento de Bromatología y Protección de la Salud informa que los controles bacteriológicos realizados son conformes al Artículo 16, inciso b) del Decreto N° 3181/07, siendo el agua apta para el uso recreacional;

 

Que a fojas 73, el Departamento de Habilitaciones ha tomado debida intervención, labrando el correspondiente Acta de Inspección N° 17790, de fecha 16/12/2024, dejando constancia de que el establecimiento reúne las condiciones de uso e higiene necesarias para el desarrollo de la actividad;

 

Que a fojas 74, se adjunta copia fiel del correspondiente Informe Técnico emitido por el Colegio de Tecnicos de la Provincia de Buenos Aires;

Que a fojas 84, se encuentra el certificado de habilitación correspondiente para la firma CLUB EL NACIONAL SOCIEDAD CIVIL, a fin de desarrollar la actividad de natatorio y buffet;

Que a fojas 85, el Departamento de Habilitaciones informa que, tras analizar las actuaciones, observa que el local reúne las condiciones higiénico-sanitarias conforme a la normativa vigente, en el domicilio de la calle 14 de Julio N° 3240, sugiriendo el otorgamiento del Permiso de Funcionamiento anual, conforme al Decreto Provincial N° 3181/2007;

 

Que a fojas 86, obra constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenido por el Departamento Recaudación;


Que de los informes producidos por el Departamento Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a solicitud del Permiso de Funcionamiento solicitado;

 

Por lo expuesto en virtud de lo informado por los Departamentos inherentes, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de sus facultades conferidas mediante Decreto Nº 2900/2021.
 

- R E S U E L V E -

 

ARTICULO 1º)- Otórgase un Permiso de Funcionamiento a CLUB EL NACIONAL SOCIEDAD CIVIL, C.U.I.T. 30-55644381-1, Contribuyente Nº52366, para desarrollar actividades bajo el rubro de Natatorio, correspondiente a la Temporada 2024-2025, en el domicilio de la calle 14 de Julio Nº3240 de la Localidad de Bahía Blanca, cuyo vecimiento opera en fecha 15 de marzo de 2025.
 

ARTÍCULO 2°)- Déjese constancia que la vigencia del Permiso otorgado en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgado el Permiso.


ARTÍCULO 3°)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado de establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad del Permiso otorgado, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

 

ARTICULO 4º)- Cúmplase, tomen nota Departamento de Recaudación, Departamento de Habilitaciones, Departamento Saneamiento Ambiental dese al Registro Oficial, hecho: ARCHIVESE.