Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4222

Decreto Nº 4222

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/12/2024

VISTO la nota elevada por el Departamento de Tesorería a fojas 99, respecto a la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N°2699946; y

CONSIDERANDO

Que el Tesorero informa  que la vigencia de la Póliza N°2699946 abarcó hasta el día 05/12/2024, por lo que solicitó a la aseguradora Sancor Seguros la emisión de otra póliza por la diferencia de días al 31/12/2024;

Por todo ello, solicita el pago de un adicional de suma fija por única vez, de carácter no remunerativo, a asignar a los agentes de planta permanente que se desempeñan en la Tesorería de la Municipalidad de Bahía Blanca, realizando tareas vinculadas con el manejo y la custodia de fondos municipales;

Que el monto a abonar a cada agente será de PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($36.394,50);

Que el Artículo 218º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que “Todo empleado o funcionario que tenga a su cargo tareas vinculadas con el manejo y la custodia de fondos estará obligado a constituir fianza personal o real por un monto que guarde proporción con el de los valores que habitualmente deba manejar o custodiar”;

Que el Artículo 219º de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que “El importe de la fianza será fijado por el Departamento Ejecutivo y, no siendo personal, podrá constituirse en bienes inmuebles ubicados en la Provincia, títulos públicos, dinero efectivo, o seguros de fidelidad contratados en compañías radicadas en el país”;

Por lo expuesto, en base a la imputación de la Subdirección de Presupuesto, y la Contaduría General a fojas 99, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

D E C R E T A

ARTICULO 1º)- Asignase el Adicional de Suma Fija por única vez, con carácter NO REMUNERATIVO, por un monto de PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($36.394,50); a los agentes que se desempeñan en la Tesorería de la Municipalidad de Bahía Blanca, realizando tareas vinculadas con el manejo y la custodia de fondos municipales detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto.-

ARTICULO 2º)- Dejase expresa constancia que todos los montos liquidados resultantes de lo mencionado en el Artículo 1º, deberán depositarse en una Cuenta Contable Extrapresupuestaria de la Municipalidad de Bahía Blanca (23772/5), en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 219° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 3º)- El gasto dispuesto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110101000, 1110103000, 1110104000, 1110105000, 1110106000, 1110107000, 1110108000, 1110123000, 1110124000, 1110125000, 1110126000, 1110127000, 11101200000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.8, y 1.2.2.8; y Fuente 131, Jurisdicción 1110123000, Actividad Programática 18.01.00 y 18.03.00, Gasto 1.1.3.8, y 1.2.2.8.-

ARTICULO 4º)- Cúmplase, publíquese y dese al Registro Oficial, tome nota Departamento de Administración del Personal, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto, Departamento de Tesorería; ; hecho: RESÉRVESE.-

ANEXO I

OFICINA RESPONSABLE ACTUAL LEGAJO DNI IMPORTE
TESORERIA MOZZONI LUIS 5517 14690623 $36.394,50
TESORERIA DOMINGUEZ MARIANA 15887 35987686 $36.394,50
TESORERIA PALACIOS SEBASTIAN 12176 25576826 $36.394,50
TESORERIA MARCUCCI PATRICIA 12480 16968644 $36.394,50
TESORERIA MERCURI JESICA 14890 33508643 $36.394,50
TESORERIA OTZ MIRIAM 15684 27442052 $36.394,50