Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4609/2024

Ordenanza Nº 4609/2024

Coronel Dorrego, 27/11/2024

VISTO: La nota enviada a este Honorable Cuerpo por el Consejo Escolar; y CONSIDERANDO: Que en la misma se informa el cambio de fecha para la actividad prevista a realizar el pasado 25 de noviembre, según nota enviada por la Inspectora de Nivel Inicial del Distrito. Que se trata de la jornada de cierre del Proyecto Distrital denominado “Arte Correo”, en esta ocasión se prevé realizar el próximo 4 de diciembre en el Parque de la Democracia. Que por ese motivo, solicitan al Cuerpo autorización para el uso del espacio citado, concretamente sector de juegos, fogones, playón con utilización de baños y sector salón, incluyendo corte de calles internas

ORDENANZA

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1º) Autorízase a utilizar el Parque de la Democracia durante el día 4 de Diciembre  de 2024, entre las 8 y las 17 horas, con la finalidad de realizar el cierre del Proyecto Distrital denominado “Arte Correo”, organizado por Inspección de Nivel Inicial del Distrito. ARTÍCULO 2º) La autorización dispuesta en el artículo primero comprende el sector de juegos,  fogones, playón con utilización de baños y sector salón. ARTICULO 3º) El Departamento Ejecutivo, mediante la Dirección de Inspección y Seguridad dispondrá el corte de calles internas linderas a los sectores precitados, colaborando con la seguridad y control del evento.- ARTÍCULO 4º) El permiso otorgado por la presente es intransferible, de carácter  precario y no contiene derechos de exclusividad, pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.- ARTÍCULO 5º) Establézcase que la institución organizadora, será responsable  absoluta de la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere el emprendimiento autorizado, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades programadas.- ARTÍCULO 6º) En caso de corresponder, la entidad autorizada abonará las contribuciones  establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).- ARTÍCULO 7º) El Departamento Ejecutivo, mediante el área de Inspección General, resolverá sobre cualquier cuestión que haga a la organización autorizada en la presente.- ARTÍCULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda,  dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.- SALA DE SESIONES, 27 de Noviembre de 2024.-