Boletines/Rojas
Resolución Nº 061/22
Rojas, 30/06/2022
Visto
El expediente administrativo N° 202/22 en el cual POP ARGENTINA solicita una compensación económica por trabajos efectuados en el acceso a la planta; y
Considerando
1) Que, preliminarmente cabe destacar que el camino en cuestión se trata de un camino público municipal.-
2) Que, en virtud de ello, cabe analizar si es viable lo solicitado por el peticionante dado que por decisión propia anegló el camino de acceso a su empresa y como consecuencia de ello pretende le sea reconocido dicho gasto con el pago de una compensación económica.-
3) Que, en principio se debe manifestar que el Departamento Ejecutivo municipal, dentro de la facultades de administración que les confieren las normas legales vigentes, es el encargado de tomar las decisiones para la gestión de la reparación, conservación de pavimentos, calles y caminos del partido; por esta contraprestación percibe la tasa respectiva que prevé el artículo 226 inciso 6 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
4) Que del requerimiento deducido y, previendo lo contemplando dentro del marco normativo local v¡gente, no existe disposición alguna que permita otorgar una salida favorable a la situación planteada por lo que no resulta viable el reconocimiento del gasto realizado en la reparación del camino por parte del peticionante POP ARGENTINA S.A.
5) Que a fs.6 de las presentes actuaciones, se acompaña el dictamen de la asesoria letrada el que el suscripto comparte, y que por sus fundamentos hago parte integrante de la presente;
Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas,
en uso de sus facultades
RE SUELVE
ARTICULO 1°: Denegar la solicitud efectuada por POP ARGENTINA S.A. en razón de los considerandoa previstoa precedentemente.-
ARTICULO 2°: La presente resolución será refrendada por el Secretario General de Coordinación y Gobierno, Sr. SCARDINO Nicolás.-
ARTICULO 3°: Regístrese. Notifíquese. Archívese.-