Boletines/Rojas
Decreto Nº 1041/24
Rojas, 03/10/2024
Visto
La necesidad de efectuar un contrato de locación del inmueble ubicado en la Ruta Nacional No 188, kilómeko 112,5 de la ciudad de Rojas, registrada en Catastro Parcelario como: Circunscripción: lll; Sección: A; Chacra 62; Fracción 1; Parcela 3; Partida lnmobiliaria Nº 6376 ; y
Considerando
1º) Que resulta de interés para este Municipio contar con un inmueble para el funcionamiento de un complejo habitacional compuesto por varias unidades de viviendas.
2º) Que el Municipio no cuenta entre sus bienes con un inmueble que cumpla con tales condiciones.
3º) Que el precio del alquiler de dicho inmueble - según lo dispuesto por el "Tribunal de Tasaciones Municipales" ascendería a la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS
VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($1.525.620) mensuales, suma que estimo razonable en consideración a las características del mismo;
4º) Que el contrato debería celebrarse por el plazo de dos (2) meses comenzando su vigencia el 1o de Octubre de 2024 finalizando indefectiblemente el día 30 de Noviembre de 2024.
5º) Que es facultad del lntendente Municipal autorizar la celebración de este tipo de contratos;
6º) Que conforme lo preceptuado por la Ley Orgánica de las Municipalidades la menclonada contratación puede realizarse de forma directa (art. 156 inc. 7 del decreto-ley 6769/58 (LOM)
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas, en uso de
sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: Autorízase a la celebración del contrato de locación con BIASIOLI KARINA DNI 18.298.257 en los términos enunciados en los considerandos precedentes por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTE ($ 1.524.620) mensuales y por el término de dos (2) meses.-
ARTICULO 2º: Delégase a la Secretaría de Seguridad Legal y Técnica, la confección del referido contrato de locación, en los términos referidos en los Vistos y Considerandos del presente, con más las demás cláusulas de estilo y rigor a efectos de preservar los intereses de este Municipio de Rojas.-
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, Lic. Nicolás SCARDINO.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, Regístrese Y Archívese.-