Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1394/2024
Pellegrini, 05/09/2024
D E C R E T O N° 1394/24
Visto y considerando
El expediente 4086-270/23; la Ordenanza Municipal 1490/19 y;
Que mediante el expediente mencionado se llevó a cabo el procedimiento para el sorteo y adjudicación de doce lotes en la localidad de De Bary, en el marco de la Ordenanza 1490/19;
Que, conforme lo establece el artículo 8° de la citada normativa se convocó a la comisión tasadora a los efectos de determinar el precio del mismo;
Que, asimismo, se realizó entre los inscriptos el sorteo correspondiente posterior análisis de los requisitos pertinentes.
Que es objetivo primordial de esta gestión municipal, continuar contribuyendo a encontrar diversas soluciones habitacionales a los vecinos de la localidad.
Por ello,
LA INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO N° 1: Adjudíquese como titulares de los doce lotes pertenecientes a la Circunscripción IV Sección D Manzana 43 Parcelas de 11a a la 21b a los aspirantes, en el siguiente orden:
-Lote 11a: Sra. Pereyra Rocío, DNI 40.493.661
-Lote 12: Sra. Recayte Lisandra, DNI 35.331.669
-Lote 13: Sra. Armario Rubén Darío, DNI 34.885.090
-Lote 14: Sra. Santos Belén, DNI 39.289.757
-Lote 15: Sr. Gutiérrez Vicente Paul DNI 24.206.547
-Lote 16: Sra. Torres Lucia, DNI 39.810.551
-Lote 17: Sr. Ponce Hector Santiago, DNI 43.513.882
-Lote 18: Sra. Cruz Amanda, DNI 27.469.030
-Lote 19: Sr. Morales Enrique Mario, DNI 17.771.237
-Lote 20: Sr. Fernandez Lucas Darío, DNI 47.010.719
-Lote 21 a: Sra. Pared Natali, DNI 42.844.549.
-Lote 21 b: Sr. Tresen Eneris Osvaldo, DNI 30.229.690
ARTICULO N° 2: Declarar de interés social al proceso de escrituración de las parcelas generadas del inmueble que se menciona en los artículos precedentes, requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines del otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio a favor de los adjudicatarios. -
ARTICULO N° 3: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes
ARTICULO N° 4: El presente Decreto se dicta ad referéndum del H. Cuerpo Deliberativo.
ARTICULO N° 5: Comuníquese, notifíquese a los interesados y cumplido archívese.