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Decreto Nº58/25

Decreto Nº 58/25

Zárate, 17/01/2025

Visto

La renuncia presentada por el agente municipal, BELLO, JOSE RAMON, D.N.I. Nº 13.776.435, Legajo Nº 1756 para acogerse a los beneficios Jubilatorios, la Certificación de Servicios expedida por esta Municipalidad; y-

Considerando

Que, el agente registra una antigüedad de servicios en esta Municipalidad de Zárate, desde el 02/01/1989 hasta el 31/12/2024; computando un total de 36 años, 00 meses y 00 días de servicios;

Que, del Legajo de dicho agente surge su fecha de nacimiento el 04 de Diciembre de 1959, por lo que a la fecha ha superado la edad prevista en el artículo 98 º inciso g) de la Ley 14.656, según el cual el cese del agente se produce por “Haber alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la legislación vigente para acceder al beneficio jubilatorio”;

Que, a tenor de lo dispuesto por las normativas citadas, deviene ineludible para este Departamento Ejecutivo, aceptar la renuncia, disponiendo el Cese del agente que, contando con los años de aportes para acceder a la jubilación ordinaria, haya cumplido los sesenta y cinco (65) años de edad;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias,

DECRETA

ARTICULO 1º: Acéptese a partir del 31 de Diciembre de 2024, la renuncia del agente municipal BELLO, JOSE RAMON, D.N.I. Nº 13.776.435, CUIL Nº 20-13776435-1 Clase 1959, Legajo 1756, quien revista como personal de planta permanente, Jurisdicción: 1110110000, Programa: 01, Actividad: 00, categoría Técnico I “A”; para acogerse a los beneficios de la jubilación Ordinaria, conforme a la Certificación de Servicios expedida por esta Municipalidad.-

ARTICULO 2º: La Secretaría de Economía, arbitrará las providencias necesarias para que el agente dimitente perciba los haberes, sueldo anual complementario,

 retribución especial que corresponda, como así también, como adelanto de su jubilación el importe correspondiente al sesenta porciento ( 60.0 %) de su remuneración mensual que establece el artículo 72 inciso f) de la Ley Provincial 14.656, a partir del cese, con imputación a Jurisdicción 1110108000, Programa 01, Actividad: 0; Fuente Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal 6.2.1.1 ANTICIPO JUBILADOS; del presupuesto vigente.-

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Recursos Humanos y archívese.-