Boletines/Zárate
Decreto Nº 54/25
Zárate, 17/01/2025
Visto
Las Ordenanzas Nº 4871, 5070, 5115 y 5202, y el Expediente Nº 4121-1718/2024; y-
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 4871 modificada por Ordenanza N° 5115, se implementó el otorgamiento de un complemento dinerario, a modo de subsidio no reintegrable, destinado tanto para dar cobertura de personas que requieran asistencia habitacional y/o protección familiar, como para dar cobertura a personas que se encuentren en situación de desempleo, tendiente a mejorar la situación particular o su situación socio-económica y reinserción laboral respectivamente, de todos aquellos beneficiarios o no, de planes sociales otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, prorrogada por la Ordenanza Nº 5070, y con un plazo de vigencia desde el 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, considerando la situación económica y de empleo dentro del contexto actual;
Que, a tales fines, la cobertura de la situación de desempleo de los beneficiarios alcanzados y que constan en el Expediente citado en el Visto, será efectivizado a través del otorgamiento de una ayuda económica, en carácter de subsidio no reintegrable, a otorgarse mensualmente, respectivamente, conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 4871 y 5115;
Que, en el marco del Expediente Nº 4121-1718/2024, se han reunido los elementos exigidos por las citadas normas por cada beneficiario, para el otorgamiento del subsidio conforme lo descripto en las mencionadas actuaciones;
Que en atención a las particularidades del contexto actual, este Departamento Ejecutivo promueve el pago proporcional de dicho subsidio correspondiente al mes de diciembre;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos tres millones veintitrés mil trescientos tres ($ 3.023.303.-) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 01 al 15 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Apellido y Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 BAIGORRIA ESTEBAN 11 34.645.227 14983 1/2-OF $ 281.730,00
2 DEBETAK SERGIO ANDRES 2 32.780.947 14486 OF $ 303.469,00
3 GOMEZ, HECTOR HERNAN 2 29.805.264 14633 OF $ 303.469,00
4 LOPEZ, VALERIA ALEJANDRA 2 35.835.926 14562 1/2-OF $ 281.730,00
5 MIÑO GONZALO SEBASTIAN 2 39.669.323 14212 1/2-OF $ 281.730,00
6 MONZON LEONARDO GERMAN 2 40.756.941 14215 PUNTERO $ 352.123,00
7 OSORIO ANALIA NATALIA 2 34.481.318 14223 1/2-OF $ 281.730,00
8 ROA, GASTÓN EZEQUIEL 2 42.155.132 14533 OF $ 303.469,00
9 ROMERO GABRIEL 2 21.834.280 14244 PUNTERO $ 352.123,00
10 ROQUETA AGUSTÍN 2 42.882.849 14576 1/2-OF $ 281.730,00
TOTAL $ 3.023.303,00
ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Humano; Programa: 86 – Inclusión Social y Abordajes Integrales; Actividad: 01 – Administración de la Subsecretaría de Inclusión Social y Abordajes Integrales; Partida: 5.1.4.0 – Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 - Origen Municipal; del presupuesto vigente. –
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ciento noventa y siete mil trescientos trece ($ 1.197.313,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 01 al 15 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Apellido y Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 ARANDA, NAHUEL ULISES Palacio 43.470.915 14564 PUNTERO $ 352.123,00
2 FARIAS, AGUSTÍN ENZO Palacio 45.292.324 14578 1/2-OF $ 281.730,00
3 GALEANO, JORGE ANÍBAL Palacio 44.591.605 14542 1/2-OF $ 281.730,00
4 GUTIÉRREZ, GRACIELA NOEMI Palacio 26.624.726 14532 1/2-OF $ 281.730,00
TOTAL $ 1.197.313,00
ARTÍCULO 4º.- El gasto dispuesto en el artículo 3º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110105000 – Secretaría de Gobierno; Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Actividad: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos un millón ochocientos cuatro mil doscientos cincuenta y uno ($ 1.804.251,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 01 al 15 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Apellido y Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 ÁLVEZ, RUBÉN HÉCTOR Lima 24.505.119 14783 1/2-OF $ 281.730,00
2 CARRIZO, MATÍAS MIGUEL Lima 31.216.884 14784 1/2-OF $ 281.730,00
3 MEDINA MARTIN CRUZ Lima 42.117.437 14793 1/2-OF $ 281.730,00
4 MONTSERRAT MARÍA DEL CARMEN Lima 31.410.937 14488 PUNTERO $ 352.123,00
5 PAZ CESARIO LUIS Lima 24.670.948 14226 OF $ 303.469,00
6 VERGARA NOELIA SOLEDAD Lima 37.845.705 14490 OF $ 303.469,00
TOTAL $ 1.804.251,00
ARTÍCULO 6º.- El gasto dispuesto en el artículo 5º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Lima; Programa: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Actividad: 01 – Administración Control y Gestión de Lima – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 7º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos doce millones novecientos veinte mil ciento noventa y nueve ($ 12.920.199,00) a las personas que se detallan a continuación, por los montos consignados para cada uno, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 01 al 15 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Apellido y Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 AGUIRRE CASIAN DIEGO NICOLAS 2 42.294.788 14154 OF $ 303.469,00
2 AGUSTINEZ SERGIO ORLANDO 4 23.986.791 14155 1/2-OF $ 281.730,00
3 ALBARENQUE AGUSTINA DANIELA 11 46.944.413 14649 1/2-OF $ 281.730,00
4 ARAOZ JESICA MARIA VICTORIA 10 30.350.008 14158 PUNTERO $ 352.123,00
5 ARAYA LUCAS 5 38.838.547 14550 PUNTERO $ 352.123,00
6 BALLESTERO ALEJANDRO JAVIER 8 23.363.618 14159 OF $ 303.469,00
7 BARRETO ANGEL FABIAN 3 45.032.501 14160 1/2-OF $ 303.469,00
8 BARRETO EMILIO ANGEL 3 28.268.249 14161 PUNTERO $ 352.123,00
9 CHURRUARIN MICAELA 11 36.881.616 14998 1/2-OF $ 281.730,00
10 CONTRERA MATIAS MAXIMILIANO 10 44.165.089 14177 OF $ 303.469,00
11 CORIA LUIS JAVIER 4 18.844.286 14178 PUNTERO $ 352.123,00
12 CRISPIEN YESICA CATALINA 10 34.400.776 14179 PUNTERO $ 352.123,00
13 DE LA CRUZ, CECILIA BELÉN 1 40.375.797 14541 OF $ 303.469,00
14 DEFELIPPE, ROCIO CRISTAL Palacio 32.953.438 14553 1/2-OF $ 281.730,00
15 DIAZ JORGE ALBERTO Cementerio 24.195.397 14181 PUNTERO $ 352.123,00
16 DOMINGUEZ JOSE ALBERTO 7 20.343.243 14182 1/2-OF $ 303.469,00
17 EDUARDO MONICA TERESA 2 20.979.395 14491 OF $ 303.469,00
18 EDUARDO, NESTOR ABEL 3 20.020.259 14548 OF $ 303.469,00
19 EICHMAN GUSTAVO 7 30.516.241 14579 OF $ 303.469,00
20 ESCOBEDO DYLAN EUGENIO GABRIEL Cementerio 45.998.260 14186 1/2-OF $ 281.730,00
21 FERNANDEZ JOSE OSVALDO 2 33.785.079 14189 OF $ 205.174,00
22 FIGUEROA NATALIA 10 33.033.591 15132 OF $ 303.469,00
23 FLORES SEBASTIAN CESAR ARIEL Palacio 32.331.017 14190 PUNTERO $ 352.123,00
24 ISASA MARTIN MAXIMILIANO 10 34.400.880 14198 1/2-OF $ 281.730,00
25 MAGNE TOMAS 9 45.864.222 14899 1/2-OF $ 281.730,00
26 MÉNDEZ ERICA NATALIA 6 29.286.480 14487 PUNTERO $ 352.123,00
27 MONTEROS MILAGROS AYLEN 7 43.815.732 14214 OF $ 303.469,00
28 ORTIZ PATRICIA ALEJANDRA 9 23.064.174 14222 OF $ 303.469,00
29 ROCHE JORGE RAMON 1 31.538.126 14235 PUNTERO $ 352.123,00
30 ROCHE SEBASTIÁN 1 42.461.574 14489 OF $ 303.469,00
31 RODRIGUEZ CRISTIAN DAVID 3 19.085.122 14237 OF $ 303.469,00
32 RODRIGUEZ LAUTARO GERMAN 6 42.540.303 14240 OF $ 303.469,00
33 ROJAS SAUL HERNAN 10 34.645.213 14243 OF $ 303.469,00
34 ROJAS, EDUARDO ALBERTO 8 16.983.677 14558 PUNTERO $ 352.123,00
35 ROSALES HECTOR OSCAR 3 30.171.550 14246 OF $ 303.469,00
36 SILVA LUIS MARCELO 7 24.478.714 14250 PUNTERO $ 352.123,00
37 TROSET MARCOS JAVIER 9 28.942.560 14253 PUNTERO $ 352.123,00
38 VILLA, BRISA ABRIL 11 43.050.874 14534 1/2-OF $ 281.730,00
39 YEDRO MONICA ALEJANDRA 8 27.819.498 14258 1/2-OF $ 281.730,00
40 ISAURRALDE LILIANA 5 31.281.714 14989 1/2-OF $ 281.730,00
41 RUIZ DIAZ, MIGUEL ÁNGEL 11 26.624.364 14555 1/2-OF $ 352.123,00
42 BENITEZ BENEDICTO FABIAN 8 26.286.239 14900 OF $ 161.153,00
TOTAL $ 12.920.199,00
ARTÍCULO 8º.- El gasto dispuesto en el artículo 7º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110114000 – Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos; Programa: 20 – Mantenimiento y Servicios Públicos; Actividad: 01 – Administración Gestión y Control de Mantenimiento y Servicios Públicos – Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 9º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma total de pesos trescientos tres mil cuatrocientos sesenta y nueve ($ 303.469,00) a la persona que se detalla a continuación, por el monto consignado, en concepto de pago proporcional a la fecha del subsidio no reintegrable, correspondiente desde el día 01 al 15 de ENERO de 2025, previsto en la Ordenanza Nº 4871 y su modificatoria N° 5115 y habiéndose prorrogado la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 mediante Ordenanza Nº 5202, Decreto de Promulgación Nº 837/24:
Nº Apellido y Nombre Cuadrilla DNI Nº Beneficiario Categoría Monto
1 FERNANDEZ GABRIEL ALEXIS Bromatologia /Zoonosis 35.836.479 14188 OF $ 303.469,00
TOTAL $ 303.469,00
ARTÍCULO 10º.- El gasto dispuesto en el artículo 9º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110107000 – Secretaría de Salud; Programa: 73 – Bromatología y Zoonosis; Partida: 5.1.4.0. Ayudas Sociales a Personas; Fuente de Financiamiento: 110 – Origen Municipal; del presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 11º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano y Educación, Dn. IVAN RODRIGO GOMEZ GEREZ.-
ARTÍCULO 12º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Humano y Educación, comuníquese y archívese.-