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Decreto Nº51/25

Decreto Nº 51/25

Zárate, 17/01/2025

Visto

El Decreto 342/2024 y las Ordenanzas 5064y 5120/2024 sobre denuncia de falta de mantenimiento de la infraestructura escolar del Municipio de Zárate, y.-

Considerando

Que, mediante el Decreto 342/2024, citado en el Visto que antecede, y en el marco del expediente 4121-2306/2024, hubo de declararse la emergencia en Infraestructura Escolar, comprendiendo a la misma dentro del marco de la Emergencia en Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos que fuera aprobada por Ordenanza 5064 del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate;

Que, por su parte, el Decreto 342/2024 fue oportunamente convalidado por Ordenanza 5120 del Concejo Deliberante local;

Que, el Decreto 342/2024 fue dictado como consecuencia de la situación de los establecimientos escolares de carácter públicos, que han requerido durante el curso del año 2024 diversos y numerosos pedidos de reparaciones y obras para sus edificios, presentándose como necesarios;

Que, la Secretaría de Desarrollo Humano y Educación hubo de informar que si bien fueron realizadas distintas obras y reparaciones en establecimientos escolares, muchas de las obras necesarias aún se encuentran al pendiente de su realización, y en otras en las que se hicieron obras o reparaciones se requieren de nuevas epatas de obras, razón por la cual solicita se estimen la oportunidad y conveniencia de prorrogar la emergencia declarada por Decreto 342/2024 y convalidada por Ordenanza 5120;

Que, por su parte la Secretaría de Obras, Infraestructura y Servicios Públicos expresa que le han sido solicitados servicios de mantenimiento de las áreas verdes interiores y exteriores de los establecimientos escolares, que necesitan ser continuados;

Que, en lo que es de destacar de la cuestión en ciernes, la rápida y eficaz intervención del Estado en materia de abordaje de problemáticas relacionadas con la infraestructura escolar, reviste carácter de urgente y situaciones de emergencia, dado que las condiciones edilicias hacen a la integridad de los niños, niñas y adolescentes que asisten en calidad de estudiantes a las escuelas públicas, como del personal docente y no docente de las mismas, cuando no simplemente tal abordaje se presenta urgente en aras a garantizar el normal desarrollo y funcionamiento de los establecimientos educativos;

Que, esto deriva como una problemática que viene desarrollándose por la falta de intervención y mantenimiento de los años anteriores, que ha tornado en la actualidad dificultoso el abordaje eficiente, con lo que se requiere de herramientas útiles y ágiles para lograr los fines propuestos;

Que, incluso, en virtud de la situación actual se impone como única vía idónea para la respuesta temprana u oportuna, la prórroga de la declaración de emergencia en materia de infraestructura escolar;

 Que, la misma es encuadrable dentro del marco de emergencia en infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos que fuera declarada mediante Ley 14.812, que fuera prorrogada por las leyes 15.165 y 15.480, y cuya adhesión municipal tuvo lugar mediante la Ordenanza 5064, prorrogada por Ordenanza 5223;

Que, si bien el Decreto 342/2024 y la Ordenanza 5120 omiten establecer un plazo de duración de la emergencia en Infraestructura Escolar, siendo que se encuadra en la emergencia en materia de infraestructura hábitat, vivienda y servicios públicos, debe entenderse que –por la anualidad de aquélla- la anualidad de la Ordenanza 5120, ello asimismo analizado e interpretado armónicamente con el propio texto del Decreto 342/2024 que dispone que que todos los efectos jurídicos de la emergencia en infraestructura escolar se encuentran establecidos para actos a cumplirse dentro del ejercicio fiscal 2024, con lo que la presente emergencia debe ser prorrogada;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por el ejercicio 2025 la emergencia en   Infraestructura Escolar en el Municipio de Zárate, declarada por Decreto 342/2024 convalidado por Ordenanza 5120 del Honorable Concejo Deliberante, comprendida dentro la Emergencia en Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos aprobada por Ordenanza 5064 y prorrogada por Ordenanza 5223, por los fundamentos expuestas en los considerandos precedentes.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer la aplicación íntegra del Decreto 342/2024 al ejercicio  municipal 2024.-

ARTÍCULO 3º.- Remítase copia del presente expediente para su convalidación y  ratificación en el Honorable Concejo Deliberante, a sus efectos, por las razones expuestas en los considerandos.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de  Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Ing. SERGIO RICARDO AGOSTINELLI.-

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento la Secretaría  de Obras Mantenimiento y Servicios Públicos, Secretaría de Desarrollo Humano y Educación Contaduría, Tesorería, Dirección de Compras, regístrese, archívese.-