Boletines/Zárate
Decreto Nº 45/25
Zárate, 15/01/2025
Visto
El expediente N° 4121-136/2025; y-
Considerando
Que, según consta en el expediente citado en el Visto la Secretaría de Deporte y Recreación solicita autorización para la puesta en marcha del programa Becas Deportivas para Alto Rendimiento 2025, acompañando detalle de la fundamentación y alcance del mencionado programa;
Que, este Departamento Ejecutivo coincide con las áreas promotoras en la creación del citado programa correspondiendo autorizar el otorgamiento de becas deportivas;
Que, la Contaduría Municipal sugiere la confección de un decreto e informa la partida presupuestaria a la que habrán de imputarse los gastos;
Que, las becas se otorgarán de manera mensual, siendo renovable cada seis meses según el cumplimiento de los objetivos planteados por el deportista, de considerarlo necesario;
Que, el objetivo del Departamento Ejecutivo Municipal es fortalecer y acompañar a los deportistas en sus procesos de entrenamiento, preparación y participación de eventos deportivos en las distintas disciplinas e instancias, por lo que se estima procedente la creación del “Programa de Becas Deportivas para Alto Rendimiento” como instrumento de acceso a la igualdad de oportunidades;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el PROGRAMA DE BECAS para DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO del Partido de Zárate, destinado a apoyar económicamente a los deportistas convencionales y paraolímpicos de nuestra ciudad, cuya reglamentación se agrega como Anexo I y que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTÍCULO 2°.- La autoridad de aplicación es la Secretaria de Deporte y Recreación, a quien se autoriza para el otorgamiento de becas deportivas de alto rendimiento, a quienes cumplan las condiciones y el procedimiento previsto en la reglamentación que se aprueba por el artículo 1ero del presente Decreto.
ARTÍCULO 3°.- Los gastos del programa creado en el artículo 1° deberán afectarse a Jurisdicción: 1110116000 - Secretaría de Deporte; Programa: 53 - Deporte; Actividad: 06 - Programa Deporte y Salud; Fuente de financiamiento: 110 - Origen Municipal; Partida: 5.1.3.0 - Becas.
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Deporte y Recreación Sra. RODRIGUEZ SCHATZ, STEFANIA ELIZABETH.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, tome conocimiento la Secretaría de Deporte y Recreación, Secretaría de Economía, Publíquese y archívese.