Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 161
Chivilcoy, 29/01/2025
Prórroga Decreto N° 1619/20
Visto
la promulgación de la Ordenanza N° 9806/20, por la cual se reduce al 30% el valor de las multas de tránsito labradas por la Dirección de Transito con competencia de los Juzgados de Faltas Municipales con sentencia dictada y/o que se encuentren en estado de pago voluntario hasta el 30 de noviembre de 2020, y se reestablece al 100% el valor de las multas alcanzadas por este régimen si las mismas no fueran abonadas antes del 11 de diciembre de 2020, y
Considerando
Cque en el artículo 5 de la citada norma se indica que los plazos establecidos podrán ampliarse por decisión de este D.E. acorde a las prórrogas de la Emergencia Economía que atraviesa el país,
que por Decretos N° 1619/20, 12/21, 243/21, 1419/21 ,89/22, 496/22 ,1154/22 ,78/23 y 15/24 este D.E. amplió los plazos indicados en los artículos 2 y 4 de la mencionada Ordenanza, y ante la necesidad de contemplar prórrogas en el marco de la emergencia económica.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Amplíese el plazo establecido por decretos N° 1619/20, 12/21, 243/21 1419/21, 89/22, 496/22 ,1154/22, 78/23 y 15/24 en virtud de las prórrogas para responder a la situación de emergencia económica, desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre del corriente año, según lo indicado en los artículos 2 y 4 de la Ordenanza Municipal N° 9806/20.
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quién corresponda, dése al Registro Oficial, cumplido archívese.