Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 3159/2024
Coronel Suárez, 19/12/2024
Visto
la Licitación Pública nº 17/2024, obrante en el Expediente de referencia para la Contratación de los SEGUROS DEL PARQUE AUTOMOTOR, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y listado de automotores, y
Considerando
Que del Acta de apertura de la misma, de fecha 06 de diciembre 2024 surge que ha cotizado una sola firma, presentada por el Proveedor SEGUROS B. RIVADAVIA COOP. LTDA.: Cumple con los requerimientos del pliego, adjunta la documentación solicitada Póliza de Caución de Alba Cia Argentina de Seguro SA por $ 10.400.000 como garantía de oferta.
Que por ello el H. Concejo Deliberante autoriza adjudicar, a través de la Ordenanza nº 8316 sancionada con fecha 16 de diciembre de 2024 y Decreto Promulgatorio nº 3140/2024, conforme art. 155 de la Ley Orgánica Municipal;
Que dicha Ordenanza hace mención a valores de contado y financiado en forma trimestral, teniendo en cuenta que en el Acta de Apertura se obvió detallar la cotización de fojas 68 y 69;
Que a fs.143 la Directora de Compras Interina informa que resulta en un ahorro conveniente para la Municipalidad de Coronel Suárez abonar de manera mensual (NO TRIMESTRAL) como se ha realizado en años anteriores;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART. 1º: Adjudíquese a la empresa SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOP. - - - LTDA., la Licitación Pública Nº 17/2024, para la contratación de Seguros del Parque Automotor Municipal - Forma de pago: MENSUAL por un importe de $ 7.779.297,09 (Pesos siete millones setecientos setenta y nueve mil doscientos noventa y siete con 09/100 ctvs), haciendo un total anual de $ 93.351.565,08 (Pesos noventa y tres millones trescientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y cinco con 08/100 ctvs), de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: El plazo de vigencia de la contratación será a partir del 31 de diciembre de - - - - - 2024 a las 12 hs. Al 31 de diciembre de 2025.-
ART. 3º: Por Contaduría se liquidará el importe resultante de la presente - - - - contratación, previa imputación del gasto al Objeto del gasto 3.5.4.0 “Primas y Gastos de Seguros”, correspondiente a las diversas Categorías Programáticas involucradas en la ejecución del gasto.-
ART. 4º: Regístrese, cúmplase y oportunamente, archívese.-
DECRETO Nº 3159